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TSJ

AS/0311/2011

Tribunal Supremo de Justicia
5 de octubre de 2011Civil IMag. Teófilo Tarquino Mujica
Proceso
Sala
Civil I
Año
2011

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Texto del fallo

S A L A C I V I L

Auto Supremo: Nº 311 Sucre: 5 de Octubre de 2011.

Expediente: Nº 16 - 07 - S.

Partes: Ninon Helen Bedregal Quiroz c/ Roberto Nielsen Reyes Kurschner

Distrito: La Paz.

Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica.

VISTOS: El recurso de casación de fojas 87 a 89 vuelta, interpuesto por Alberto Quiroga Zambrana en representación de Roberto Nielsen Reyes Kurschner, contra el Auto de Vista Nº S-239/2006 cursante a fojas 83 y vuelta, pronunciado por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario sobre cumplimiento de contrato y resarcimiento de daños, seguido por Ninon Helen Bedregal Quiroz, contra el recurrente, el auto concesorio de fojas 92, los antecedentes procesales, y:

CONSIDERANDO: Que, el Juez Undécimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 570/2003 de fojas 62 a 64, declarando probada la demanda de fojas 12, subsanada a fojas 16, disponiendo que el demandado Roberto Nielsen Reyes K, en el plazo de tres días de ejecutoriada la sentencia, restituya a Ninon Helen Bedregal Quiroz, la suma de $us. 13.500, mas intereses desde el incumplimiento del contrato, bajo conminatoria de expedirse mandamiento de embargo contra los bienes del demandado para su posterior subasta, declarando también improbada la demanda reconvencional cursante a fojas 20 de obrados, sin costas por ser proceso doble.

En grado de apelación, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Auto de Vista Nº S-239/2006 de 31 de mayo, cursante a fojas 83 y vuelta,confirma la Sentencia Nº 570/2003, con costas en ambas instancias.

Contra la resolución de alzada, el demandado Roberto Nielsen Reyes Kurschner a través de su apoderado legal Alberto Quiroga Zambrana por memorial cursante de fojas 87 a 89 vuelta, interpone recurso de casación en el fondo y en la forma:

En el fondo acusa violación flagrante de los artículo 491 en su inciso 3) y 493 del Código Civil, al convalidar la validez del documento privado de anticresis; Denuncia interpretación errónea del artículo 519 del Código Civil, al no haber considerado el tribunal de alzada que el contrato de anticresis para que tenga validez jurídica debía ser celebrado en documento público. Finaliza su recurso solicitando se case el auto de vista recurrido declarando sin valor ni efecto legal el contrato base de la presente acción, e improbada la demanda.

En la forma acusa al Tribunal de alzada de quebrantar, contravenir, y no dar cumplimiento al artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, al no haber dado respuesta a todos los puntos objeto de la apelación, como haberse tramitado una medida preparatoria de reconocimiento judicial de firmas en base a una fotocopia simple, haberse dado curso a una anotación preventiva cuando la competencia del juzgador concluyo con la dictación de la sentencia. Finaliza su recurso solicitando se anule obrados con reposición hasta que la Sala Civil Cuarta, pronuncie nuevo auto de vista, compulsando, analizando, considerando y resolviendo todos los puntos de la apelación.

CONSIDERANDO:Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo y en la forma, se pasa a su análisis y consideración empezando por cuestión de orden y estructura por el recurso de casación en la forma y se tiene:

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Datos del proceso

Demandante
Ninon Helen Bedregal Quiroz
Demandado
Roberto Nielsen Reyes Kurschner
Magistrado relator
Teófilo Tarquino Mujica
Tribunal Supremo de Justicia5 de octubre de 2011AS/0311/2011Fuente oficial