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TSJReiteradora

AS/0321/2020

Tribunal Supremo de Justicia
16 de julio de 2020Social 2da

Máxima

SUBSIDIO DE FRONTERA/Es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales…

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Resumen del caso

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Derechos laborales / Subsidio de frontera / Condición exigible para su pago

La entidad recurrente señaló, que en sentencia se determinó el pago del subsidio de frontera lo cual resulta atentatorio y vulneratorio, no corresponde el pago a una consultora en línea, no se desglosó en su boleta este concepto, sino lo percibido en su boleta de pago en base a un contrato individu…

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 321/2020

Sucre, 16 de julio de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 54/2020

Distrito: Pando

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 124 a 125 vlta. interpuesto por H. Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, a través de sus apoderados José Romero Saavedra, Mateo Cussi Chapi, Olga Muñoz Puma y Nazira l. Flores Choque, contra el Auto de Vista Nº 282 de 21 de octubre de 2019 de fs. 115 a 120 vlta., pronunciado por la Sala Civil, Social, de Familia, Niño Niña y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral de pago de derechos laborales, seguido por Yesica Magaly Churqui Aliaga contra la entidad recurrente, el Auto Interlocutorio de 15 de enero de 2020 de fs. 129 vlta., que concedió el recurso, el Auto Nº 54/2020-A de 10 de febrero, de fs. 137 y vlta. que admitió el recurso de casación; los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I.1. Antecedentes del proceso

I.1.1- SENTENCIA:

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió la Sentencia N° 44/2018 de 05 de febrero, de fs. 86 a 90 de obrados, declarando probada en parte la demanda de fs. 47, sin costas. En consecuencia, la entidad demandada deberá cancelar beneficios sociales en favor del demandante por el tiempo de trabajo de 4 años, 6 meses y 12 días, siendo su salario indemnizable de Bs. 2.520.-, los conceptos a cancelar son los siguientes: Indemnización, salario devengado 2015 un mes, natalidad, vacación y subsidio de frontera haciendo un total de Bs. 47.728; respecto a los subsidios de pre-natalidad y lactancia se dispuso que los mismos sean pagados en producto, equivalente a cinco salarios mínimos correspondiente a la gestión 2011, es decir, Bs. 815 por mes, el segundo por cuatro meses (2011) al valor de Bs. 815 y los restantes ocho meses (2012) al valor de Bs. 1000.

I.1.2.- AUTO DE VISTA

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Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia16 de julio de 2020AS/0321/2020Fuente oficial