Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 322/2021
Sucre, 31 de agosto de 2021
Expediente : Chuquisaca 36/2021
Parte Acusadora : Ministerio Público y Mateo Juan Augusto Alandia Navajas
Parte Imputada : Hugo Jamil Sánchez Moscoso
Delitos : Incumplimiento de Deberes y Uso de Indebido de Influencias
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de agosto de 2021, Hugo Jamil Sánchez Moscoso, retira el recurso de casación interpuesto contra el Auto de Vista 116/2021 de 26 de marzo, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Mateo Juan Augusto Alandia Navajas en su condición de Representante Distrital del Consejo de la Magistratura contra el recurrente por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Uso Indebido de Influencias, previstos y sancionados por los arts. 145 y 154 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 016/2020 de 30 de octubre (fs. 2858 vta. a 2874 vta.), el Juez Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante procedimiento abreviado, declaró a Hugo Jamil Sánchez Moscoso, autor y culpable de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Uso Indebido de Influencias, previstos y sancionados por los arts. 145 y 154 del CP, imponiendo la pena de cuatro años de reclusión, más el pago de costas.
Contra la mencionada Sentencia, el acusado Hugo Jamil Sánchez Moscoso (fs. 2890 a 2893), que previo memorial de subsanación (fs. 2927 a 2928), planteó recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 116/2021 de 26 de marzo, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró admisible y en el fondo parcialmente procedente la apelación incoada “en consecuencia, sin anular la Sentencia, se tiene complementada la fundamentación de la resolución confutada sobre la imposición de la pena, como se argumenta supra” (sic).
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