Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo: Nº 341 Sucre, 06 de noviembre de 2007
Expediente: Chuquisaca 39/04
Partes: Felipe Martínez c/ Cecilio Cáceres Martínez y otros
Abuso de confianza y otros.
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VISTOS: la solicitud de regulación de honorario profesional presentada por Cecilio Cáceres Martínez, en relación al proceso penal que contra él y contra Francisca Barrientos y Julían Araca, con imputación por comisión de los delitos de abuso de confianza, despojo, alteración de linderos y daño simple, se sustanció en mérito a querella interpuesta por Felipe Martínez.
CONSIDERANDO: que el caso mencionado en la solicitud de referencia fue resuelto mediante Auto Supremo número 97/2005 de 24 de marzo de 2005, que declaró infundado el recurso de casación que interpuso el querellante Felipe Martínez, con costas.
Que de conformidad a lo determinado por el artículo 264 del Código de Procedimiento Penal, las costas del proceso comprenden los honorarios del abogado patrocinante, razón por la cual, en aplicación de lo establecido por el artículo 77 de la Ley de la Abogacía, corresponde verificar cuál fue, en la fase del recurso de casación, la labor profesional del Abogado Humberto Barrón Gumiel en cuyo beneficio solicitó el impetrante la regulación de honorario profesional.
Que revisadas para ese efecto las actuaciones de las partes ante esta Corte Suprema de Justicia, se constató que, a partir del 4 de octubre de 2004 en que se recibió el legajo respectivo en la Secretaría de Cámara de la Sala Plena (fojas 171) hasta el 24 de marzo de 2005 en que se emitió el Auto Supremo pertinente (fojas 178 a 179), no existe en ese legajo ningún memorial suscrito por el Abogado que firmó el pedimento que es caso de autos.
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara NO HA LUGAR a la petición formulada por Cecilio Cáceres Martínez en sentido de que se proceda a la regulación de honorario profesional en favor del Abogado que fue su patrocinante en el proceso penal que contra él y contra Francisca Barrientos y Julián Araca se sustanció a querella formulada por Felipe Martínez.
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