Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 348/2020-RRC
Sucre, 28 de julio de 2020
Expediente : Tarija 81/2019
Parte Acusadora : Wilson Goyonaga Guarachi
Parte Imputada : Gabriel Gudiño Gudiño
Delitos : Difamación y otros
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de diciembre de 2019, cursante de fs. 127 a 130 vta., Gabriel Gudiño Gudiño, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 15/2019 de 8 de febrero, de fs. 104 a 107, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Wilson Goyonaga Guarachi contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes.
Por Sentencia 12/2014 de 10 de junio (fs. 62 a 67), el Juzgado de Sentencia Primero en lo Penal de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Gabriel Gudiño Gudiño, autor y culpable de la comisión de los delitos de Difamación e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del CP, imponiendo una sanción de doscientos días multa, a razón de Bs. 10, por día totalizando la suma de Bs. 2000.- a cancelar a la Caja de Reparaciones dependiente del Órgano Judicial. Con relación al delito de Calumnia, tipificado por el art. 283 del CP, fue absuelto de pena y culpa.
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