Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 354
Sucre: 30 de julio de 2013
Expediente: LP – 58 – 08 –S
Proceso: Divorcio
Partes: Cesar Fidel Limachi Chura c/ Celia Ana Ali Nina
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba
VISTOS: El recurso de casación de fojas 227 a 229, interpuesto por Celia Ana Ali Nina contra el Auto de Vista – Resolución N° 15/2008, de fecha 14 de enero, cursante de fojas 195 y vuelta, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, la contestación al recurso de fojas 234 a 235, dentro del proceso ordinario de Divorcio, seguido por Cesar Fidel Limachi Chura contra Celia Ana Ali Nina, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
1.- Que, el Juez Séptimo de Partido Segundo de Familia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció Sentencia –Resolución N° 155/07, de fecha 14 de septiembre, de fojas 163 a 165, que declara probada la demanda de divorcio fojas 4 a 5, por la causal del artículo 130 numeral 4) del Código de Familia, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial de los esposos Cesar Fidel Limachi Chura y Celia Ana Ali Nina, debiendo en ejecución de sentencia se proceda ante la Dirección de Registro Civil Sala Murillo de la Corte Nacional Electoral a la cancelación de la Partida Matrimonial en la Oficialía N° 214031 Libro N° 2-2004, Partida N° 95 Folio N° 95, Departamento de La Paz, Provincia: Murillo, Localidad: El Alto, fecha de Partida de Matrimonio 26 de febrero de 2005. Asimismo homologad la Resolución 453/2006 de fojas 82. Dejando sin efecto la asistencia familiar para a madre, y los hijos estarán en poder de la madre hasta su mayoría de edad.
En grado de apelación planteada por la demandada., la Sala Civil Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronuncia el Auto de Vista – Resolución N° 15/2008, de fecha 14 de enero, cursante de fojas 195 y vuelta que confirma la Sentencia de fojas 163 a 165, de conformidad con lo establecido en el artículo 237 inciso 1) del Código de Procedimiento Civil, con costas.
2.- Contra la referida resolución de vista, la parte demandada, interpone recurso de casación en el fondo, bajo los siguientes argumentos:
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