Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: Nº 359 Sucre, 29 de septiembre de 2005
DISTRITO: Beni
PARTES: Ministerio Público c/ Edil Escobar Landívar
Suministro de sustancias controladas
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VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 237 a 241 interpuesto por Elsner Cruz Choque, Fiscal de Sustancias Controladas del Distrito Judicial del Beni, impugnando el Auto de Vista de fojas 228 a 230 y vuelta de fecha 30 de abril de 2005 dictado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, dentro del juicio penal seguido por el Ministerio Público en contra de Edil Escobar Landívar por la comisión del delito de suministro de sustancias controladas.
CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso se concluye que el impetrante ha planteado los recursos que la ley le concede, cumpliendo los plazos señalados en los artículos 408 y 417 del Código de Procedimiento Penal.
Que el recurso de casación interpuesto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Proce-dimiento Penal ya que en el punto 3.1 de su recurso, denominado "argumentación de impugnación del Auto de Vista", hace referencia literal al punto segundo y tercero de la resolución impugnada sin establecer los puntos de contradicción del Auto de Vista con otros precedentes que contradigan el mismo, limitándose a realizar una revisión de la valoración e introducción probatoria, la misma que no es oportuna en esta instancia.
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