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TSJ

AS/0359/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
24 de mayo de 2022Civil
Proceso
Restitución de dinero más resarcimiento de daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 359/2022-RA

Fecha: 24 de mayo de 2022

Expediente: CH-35-22-A

Partes: Marcelo Edgar Pareja Vilar c/ Banco Nacional de Bolivia S.A., representado legalmente por Carlos Andrés Cabezas Dávalos.

Proceso: Restitución de dinero más resarcimiento de daños y perjuicios.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1715 a 1719 vta., interpuesto por Marcelo Edgar Pareja Vilar, contra el Auto de Vista N° 98/2022 de 04 de abril, que sale de fs. 1709 a 1711 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de restitución de dinero más resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por el recurrente contra el Banco Nacional de Bolivia S.A., contestación obrante de fs. 1725 a 1731, el Auto de concesión de 9 de mayo de 2022 visible a fs. 1732, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Marcelo Edgar Pareja Vilar, por memorial de fs. 219 a 226, inició proceso ordinario de restitución de dinero, contra el Banco Nacional de Bolivia S.A., quien una vez citado, según escrito de fs. 919 a 947, postuló excepciones previas y contestó negativamente; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión del Auto Definitivo N° 1001/2021 de 20 de diciembre, corriente en fs. 1678 a 1681 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 2° de Sucre, declaró IMPROBADA la excepción de caducidad formulada por el Banco Nacional de Bolivia S.A., y PROBADA las excepciones de prescripción y cosa juzgada postulada por la entidad demandada, con cosas y costos.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Marcelo Edgar Pareja Vilar, mediante escrito cursante de fs. 1683 a 1686 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 98/2022 de 04 de abril, que sale de fs. 1709 a 1711 vta., que REVOCÓ parcialmente el Auto apelado y deliberando en el fondo declaró improbada la excepción de cosa juzgada interpuesta por la entidad bancaria, manteniéndose lo demás, sin costas ni costos.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Marcelo Edgar Pareja Vilar, según escrito de fs. 1715 a 1719 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Marcelo Edgar Pareja Vilar
Demandado
Banco Nacional de Bolivia S.A., representado legalmente por Carlos Andrés Cabezas Dávalos
Proceso
Restitución de dinero más resarcimiento de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia24 de mayo de 2022AS/0359/2022-RAFuente oficial