Volver a sentencias
TSJ

AS/0362/2010

Tribunal Supremo de Justicia
12 de noviembre de 2010Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Trafico Ilícito de Sustancias Controladas.
Sala
Penal II
Año
2010

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 362 Sucre, 12 de noviembre de 2010

Expediente: Santa Cruz 125/2004

Partes: Ministerio Publico c/ Maria Victoria Flores Ariste, Hugo Velásquez Súbelza y Jesús Hugo Ramírez Saucedo.

Delito: Trafico Ilícito de Sustancias Controladas.

Ministro Relator: Ramiro José Guerrero Peñaranda.

VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 31 de marzo de 2004 por María Victoria Flores Ariste (fojas 268 a 269), impugnando el Auto de Vista emitido el día 13 del mismo mes y año por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz (fojas 265 a 266) en el proceso seguido por el Ministerio Público contra la recurrente y contra Hugo Velásquez Subelza y Jesús Hugo Ramírez Saucedo con imputación por comisión del delito de tráfico ilícito de sustancias controladas.

CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:

1.- En el proceso de referencia, al término de la fase de primera instancia, se dictó la sentencia de 15 de julio de 2003 (fojas 239 a 246) que, declaró a Hugo Velásquez Subelza y a María Victoria Flores Ariste autores de delito de tráfico de sustancias controladas, y condenó a cada uno de ellos a la pena de diez años de reclusión; y, declarando que Jesús Hugo Ramírez Saucedo actuó como cómplice para la comisión de ese delito, lo condenó a la pena de seis años y seis meses de presidio.

2.- En atención a que dicha sentencia fue confirmada por el Tribunal de Alzada, se planteó el recurso de casación que es motivo de autos, con los siguientes argumentos, a) La recurrente ignoraba que las bolsas que fueron encontradas en su domicilio, debajo de su cama, contenían cocaína, pues dichas bolsas estaban allí simplemente en calidad de depósito a pedido de una comadre suya; b) Los acusadores no hicieron absolutamente nada para averiguar quien era el verdadero dueño de esa droga.

Mostrando 10 de 20 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

La recurrente, al presentar su recurso, no dio cumplimiento a los requisitos exigidos para el efecto por el artículo 301 del Código de Procedimiento Penal de 1972, que determina que los motivos de ese tipo de petitorios deben ser expuestos con cita de las leyes señaladas como no aplicadas, e indicando en forma precisa en qué consiste el quebrantamiento o violación de tales leyes según cuanto afirmó al respecto.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Publico
Demandado
Maria Victoria Flores Ariste, Hugo Velásquez Súbelza y Jesús Hugo Ramírez Saucedo.
Proceso
Trafico Ilícito de Sustancias Controladas.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Procedimiento de 1972 / Recurso de casación / Improcedente
Tribunal Supremo de Justicia12 de noviembre de 2010AS/0362/2010Fuente oficial