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TSJ

AS/0365/2002

Tribunal Supremo de Justicia
30 de septiembre de 2002Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2002

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO No 365 Sucre 30 de septiembre de 2002

DISTRITO: Potosí

PARTES: Ministerio Público y otro c/ Bernardino Cuellar Alejo,

homicidio y otro.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 99-100, interpuesto por Bernardino Cuéllar Alejo, impugnando el Auto de Vista de fs. 88-88 vlta. de fecha 2 de septiembre del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal oral seguido por el Ministerio Público y Delfín Fernández contra el recurrente, por los delitos de homicidio y omisión de socorro en accidente de tránsito; los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, para la admisibilidad del recurso de casación, es requisito indispensable cumplir con los presupuestos exigidos por los arts. 416 y 417 del nuevo Código de Procedimiento Penal.

Que, en el sub-lite, el recurrente Bernardino Cuéllar Alejo, no cumple con las exigencias de los citados arts. 416 y 417 de la Ley N° 1970, por cuanto no invoca ningún procedente contradictorio a tiempo de interponer la apelación restringida, menos en el recurso de casación señala la contradicción en términos precisos; es más el recurso esta fundamentado con el criterio del antiguo Código de Procedimiento Penal, aunque hace referencia algunas disposiciones del vigente, todo lo cual da lugar a su inadmisible

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otro
Demandado
Bernardino Cuellar Alejo,
Tribunal Supremo de Justicia30 de septiembre de 2002AS/0365/2002Fuente oficial