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TSJ

AS/0375/2021-RA

Tribunal Supremo de Justicia
3 de mayo de 2021Civil
Proceso
Fraude Procesal
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 375/2021-RA.

Fecha: 03 de mayo de 2021

Expediente: SC-28-20-S.

Partes: Giovanna Angélica Castro Mollinedo c/ Merlín, Gil Antonio, Martha

Rosario, Lourdes y Sigfrido todos Cuellar Saavedra.

Proceso: Fraude Procesal.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 501 a 505 vta., interpuesto por Giovanna Angélica Castro Mollinedo representada legalmente por Marcelo Castro Sánchez, contra el Auto de Vista Nº 008/2020 de 20 de julio, cursante de fs. 496 a 499, pronunciado por la Sala Cuarta Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de fraude procesal seguido por la recurrente contra Melín, Gil Antonio, Martha Rosario, Lourdes y Sigfrido todos Cuellar Saavedra, la contestación de fs. 510 a 512 vta.; el Auto de concesión de 22 de abril de 2021 cursante a fs. 514; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Con base en la demanda cursante de fs. 12 a 13, Giovanna Angelina Castro Mollinedo, inició proceso ordinario de fraude procesal; acción que fue dirigida contra Merlín, Gil Antonio, Martha Rosario, Lourdes y Sigfrido todos Cuellar Saavedra, quienes una vez citados, por memorial de fs. 178 a 181 vta. mediante su representante legal contestaron negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 31/2011 de 08 de octubre, de fs. 394 a 395 vta., pronunciada por el Juez 5° de Partido de Familia de Santa Cruz de la Sierra, que en su parte dispositiva declaró IMPROBADA la demanda de fraude procesal.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Giovanna Angelina Castro Mollinedo representada legalmente por Marcelo Castro Sánchez mediante memorial de fs. 426 a 429; originó que la Sala Cuarta Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista Nº 008/2020 de 20 de julio cursante de fs. 496 a 499, CONFIRMANDO el Auto N° 32 de 16 de junio de 2011 y CONFIRMANDO la Sentencia N° 31/2011 de 08 de octubre.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Giovanna Angélica Castro Mollinedo representada legalmente por Marcelo Castro Sánchez según memorial cursante de fs. 501 a 505 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio en determinados casos se encuentra limitado, por diferentes factores tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 603 (Código de las Familias y del Proceso Familiar), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 400 con relación a los arts. 393, 395, 396 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Giovanna Angélica Castro Mollinedo
Demandado
Merlín, Gil Antonio, Martha Rosario, Lourdes y Sigfrido todos Cuellar Saavedra
Proceso
Fraude Procesal
Tribunal Supremo de Justicia3 de mayo de 2021AS/0375/2021-RAFuente oficial