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TSJ

AS/0378/2015

Tribunal Supremo de Justicia
2 de junio de 2015CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Ruptura Unilateral
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 378/2015

Sucre: 2 de Junio 2015

Expediente: O-12-15-S

Partes: Delia Gongora Veliz c/ Teodoro Fernández Alvino

Proceso: Ruptura Unilateral

Distrito: Oruro

VISTOS: El recurso de casación de fs. 420 y vta., interpuesto por Delia Gongora Veliz, contra el Auto de Vista Nº 261, de fecha 24 de diciembre de 2014, cursante de fs. 415 a 418 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Familiar y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario de Ruptura Unilateral, seguido por la recurrente contra Teodoro Fernández Alvino; la concesión de fs. 426; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Primero de Familia de la ciudad de Oruro, emitió la Sentencia Nº 68, de fecha 13 de junio de 2014, cursante de fs. 391 a 395 y vta., declarando IMPROBADA la demanda de ruptura unilateral interpuesta por Delia Gongora Veliz por el art. 169 del Código de Familia con relación al inc. 1) y 4) del art. 130 del mismo cuerpo legal, al carecer el demandado de libertad de estado, PROBADAS las excepciones de fs. 34 a 26 de falta de acción y derecho opuestas por el demandado. De igual forma libró los derechos de las hijas a la vía llamada por ley, por encontrarse los mismos precautelados por el Estado en su más alta función de la minoridad.

Contra la referida Sentencia, Delia Gongora Veliz, interpuso Recurso de Apelación cursante a fs. 397 y vta.

En merito a esos antecedentes, la Sala Civil, Familiar y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 261, de fecha 24 de diciembre de 2014, cursante de fs. 415 a 418 y vta., por el que CONFIRMO la Sentencia recurrida, con costas.

Resolución que dio lugar al Recurso de Casación, interpuesto por Delia Gongora Veliz.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

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Criterio

"... en el caso de Autos, tomando en cuenta que el Auto de Vista fue pronunciado el 24 de diciembre de 2014, por el Tribunal Ad quem, al haber éste concedido el recurso de casación mediante Auto de fs. 426, no tuvo en cuenta lo dispuesto por la Disposición Transitoria Segunda del citado Código de las Familias y del Proceso Familiar, menos observó lo dispuesto en el art. 434 y parte in fine del art. 444 del señalado Código de las Familias y del Proceso Familiar, siendo que en aplicación de dichas disposiciones debía negar la concesión del recurso de casación interpuesto por la parte demandada dando por concluido el proceso con la facultad que le señala el art. 262 del Código de Procedimiento Civil..."

Datos del proceso

Demandante
Delia Gongora Veliz
Demandado
Teodoro Fernández Alvino
Proceso
Ruptura Unilateral
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Resoluciones contra las que no procede / Resoluciones dictadas en procesos extraordinarios
Tribunal Supremo de Justicia2 de junio de 2015AS/0378/2015Fuente oficial