Volver a sentencias
TSJ

AS/0382/2024

Tribunal Supremo de Justicia
30 de julio de 2024Social 2daMag. Maria Cristina Diaz Sosa
Proceso
Coactivo Social
Sala
Social 2da
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA,

SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO N° 382/2024

Sucre, 30 de julio de 2024

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente : 333/2024

Demandante : Servicio Nacional del Sistema de Reparto

Demandado : Elizabeth Sossa Huarachi

Proceso : Coactivo Social

Distrito : Cochabamba

Relatora : Mgda. María Cristina Díaz Sosa

I. VISTOS: El recurso de casación de fs. 109 a 113 vta., interpuesto por Rossmery Arispe Rojas en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, contra el Auto de Vista N° 047/2023 de 22 de diciembre, de fs. 97 a 102, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso coactivo social que sigue la entidad recurrente contra Elizabeth Sossa Huarachi, la contestación de fs. 121 y vta., el Auto que concedió el recurso cursante a fs. 123, el Auto Supremo N° 333/2024-A de 29 de abril que admitió el recurso y los antecedentes del proceso.

II. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia

Dentro del proceso coactivo social, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Nro. 1 de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto Definitivo cursante de fs. 64 a 67, declarando improbada la demanda coactiva social de fs. 36 a 37.

Auto de Vista

En grado de apelación deducida por el SENASIR, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista N° 047/ 2023 de 22 de diciembre, de fs. 97 a 102, confirmó el Auto Definitivo cursante de fs. 64 a 67.

III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El señalado Auto de Vista, motivó a Rossmery Arispe Rojas en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR interponer Recurso de Casación manifestando, en síntesis, que:

El Auto de Vista hace una errónea interpretación del art. 5 inc. h) del Decreto Supremo (DS) N° 27066, art. 32 del Decreto Ley (DL) N° 10173 y art. 609 del Reglamento al Código de Seguridad Social (RCSS) normas que faculta al SENASIR el inicio de demandas coactivas sociales con el objeto de recuperar cobros indebidos por nuevas nupcias.

Señaló que, se entiende por aportes al dinero aportado por los contribuyentes de manera mensual, siendo beneficiarios todas aquellas personas que tienen derecho a una renta, por lo que el Tribunal Ad quem, realizó una mala interpretación de la palabra aportes, debiendo entenderse esta como el total de las aportaciones realizadas, y no así de manera separada corno se pretende interpretarlo, debiendo considerarse que la misma sigue en plena vigencia.

Por otra parte, señaló que el Tribunal. Ad quem incurrió en indebida e incorrecta aplicación de la normativa, vulnerando el debido proceso y los principios de legalidad, legitimidad, seguridad jurídica e igualdad procesal, por lo que solicita se anule o case el Auto de Vista impugnado y se declare probada la demanda coactiva social.

Mostrando 23 de 46 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Demandado
Elizabeth Sossa Huarachi
Proceso
Coactivo Social
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa
Tribunal Supremo de Justicia30 de julio de 2024AS/0382/2024Fuente oficial