Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 386
Sucre, 12 de junio de 2024
Expediente: 174-2024
Demandante: Yomara Gabriela Calle Choquecallata
Demandado: Veterinaria ZOE
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Cochabamba
Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero
VISTOS: El recurso de casación de fs. 207 a 208, interpuesto por Veterinaria ZOE, representada por su propietaria Jhoselin Claros Heredia, contra el Auto de Vista Nº 312/2023 de 30 de agosto, de fs. 262 a 263, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de beneficios sociales seguido por Yomara Gabriela Calle Choquecallata, contra la recurrente; el escrito de contestación de fs. 271 a 272; el Auto de 27 de diciembre de 2023, de fs. 273, que concedió el recurso; la providencia de admisión del recurso de casación de 22 de marzo de 2024, de fs. 281; los antecedentes del proceso; y todo lo que fue pertinente analizar:
CONSIDERANDO I
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Tramitada la demanda, la Jueza Cuarta del Trabajo, Seguridad Social, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de Cochabamba, emitió la Sentencia N° 86/2022 de 20 de octubre, que declaró PROBADA la demanda de beneficios sociales de fs. 22 a 24, aclarada a fs. 27, interpuesta por la demandante, ordenando a Veterinaria ZOE, para que a través de su representante legal, pague a la demandante Yomara Gabriela Calle Choquecallata, la suma de Bs.6.905.- por concepto de indemnización, aguinaldo y salario devengado, más los derechos de actualización y multa señalada en el DS Nº 28699 de mayo de 2006.
I.1.2. Auto de Vista
En conocimiento de la Sentencia N° 86/2022 de 20 de octubre, a través de memorial de fs. 244 a 245, Veterinaria ZOE, representada por Jhoselin Claros Heredia, interpuso recurso de apelación, resuelto mediante Auto de Vista Nº 312/2013 de 30 de agosto, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba de fs. 262 a 263, que CONFIRMÓ la Sentencia N° 86/2022, con costas y costos en segunda instancia.
I.2. Motivos del recurso de casación
En conocimiento del Auto de Vista Nº 312/2013 de 30 de agosto, Veterinaria ZOE, formuló recurso de casación, alegando lo siguiente:
Dirigiéndose a la Jueza de grado, observó que en la parte dispositiva de la sentencia, no se relacionó nada respecto al pago del doble aguinaldo por duodécimas de 8 meses y 4 días , en la suma de Bs.2.932.- imposición de pago mediante decreto supremo que violenta la naturaleza voluntaria del acuerdo laboral, imponiendo un transferencia pecuniaria, siendo a su entender que el doble aguinaldo, no fue pactado entre el empleador y el empleado; no estaba contemplado entre los costos del empleador y en la gestión 2021, no se ha cancelado el doble aguinaldo.
Añadió, que el doble aguinaldo es un abuso del Estado, aunque el beneficiario sea el trabajador y el Decreto Supremo Nº 1802 que desde el 2013 instituye el pago del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia“, debe ser analizado más allá de sus intenciones declaradas, para buscar su lógica y sus intenciones; el decreto instruye que si el producto interno bruto del país crece más 4,5 % anualmente, todas las empresas deben pagar un sueldo adicional a su empleados; por supuesto, un país puede crecer 10% o 15% y eso no significa que todas sus empresa crezcan a ese ritmo o que no hayan empresas que tengan pérdidas o incluso quiebren, por tanto, no es correcto aplicar tal criterio de manera generalizada.
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