Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 388/2020-RRC
Sucre, 28 de julio 2020
Expediente : Cochabamba 08/2020
Parte Acusadora : Bertha Adrián Ledezma
Parte Imputada : Rinian Mery Gonzales García
Delito : Difamación
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2019, Rinian Mery Gonzales García de fs. 207 a 208, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 2 de julio de 2019, de fs. 200 a 201 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Bertha Adrina Ledezma contra la recurrente, por el delito de Difamación, previsto y sancionado por el art. 282 del Código Penal (CP).
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes.
Por Sentencia 08/2013 de 13 de mayo (fs. 164 a 170), el Juez de Partido Liquidador y de Sentencia de Quillacollo, declaró a Rinian Mery Gonzales García, autora de la comisión del delito de Difamación, previsto y sancionado en el art. 282 del CP, imponiendo la pena de prestación de trabajo de tres meses (12 semanas) en una sección de la Alcaldía Municipal de Quillacollo de acuerdo a su capacidad laboral, con una duración semanal de cinco horas o una hora por día, con costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia.
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