Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 393 Sucre 9 de abril de 2007
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Freddy Amurrio Hinojosa y otros.
Asesinato y otros.
MINISTRO RELATOR: Dr. Wilfredo Ovando Rojas.
Sucre, 9 de abril de 2007.
VISTOS: El recurso de casación de fojas 139 y vlta., interpuesto por Freddy Amurrio Hinojosa, contra el Auto de Vista de fecha 12 de diciembre de 2002 de fojas 136 a 137 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y otros, por el delito de asesinato, robo agravado, encubrimiento y receptación, tipificados por los Arts. 252, 332, 171 y 172 del Código Penal; los antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Cuarto en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz pronunció la sentencia de 23 de julio de 2002 de fojas 119 a 123, declarando a los procesados Jorge Rojas Fernández y Freddy Amurrio Hinojosa autores y culpables de los delitos de asesinato y robo agravado y a los procesados Ronny Alvarado Hinojosa y Pedro Ortuño autores y culpables de los delitos de encubrimiento y receptación, condenando a los primeros a cumplir la pena de 30 años de presidio sin derecho a indulto y a los últimos la pena de 3 años de reclusión. Atendiendo el recurso de apelación contra la citada resolución por el co-procesado Freddy Amurrio Hinojosa, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista de 12 de diciembre de 2002 de fojas 136 a 137 vlta., confirmando la resolución apelada.
Contra la resolución de segunda instancia el co-procesado Freddy Amurrio Hijososa interpuso recurso de casación, con el fundamento de haberse violado sus derechos a la defensa reconocidos en los Arts. 298 incisos 1), 3) y 4); 299 incido 1); 301 y 304 del Código de Procedimiento Penal y 16 de la Constitución Política del Estado, así como el Art. 2 y 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos; acusando también de haberse pronunciado la sentencia condenatoria sin que tenga participación en el delito de asesinato, dado que su participación en el asesinato se habría reducido solo a cómplice.
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