Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 398/2018-RA
Sucre: 21 de mayo de 2018
Expediente: CH- 35-18- S
Partes: Felicia Choque Barrera de Gomez c/ Alejandro Azurduy Morales y Miguel Angel Azurduy Choque.
Proceso: Prescripción de derecho a suceder.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 183 a 186 vta., interpuesto por Felicia Choque Barrera de Gomez contra el Auto de Vista Nº 095/2018 de fecha 27 de Marzo, cursante de fs. 178 a 181, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de Prescripción de derecho a suceder, seguido a instancia de Felicia Choque Barrera de Gomez contra Alejandro Azurduy Morales y Miguel Angel Azurduy Choque, la concesión de fs. 189, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base a la demanda de fs. 18 a 20, subsanada de fs. 27 a 27 vta. Felicia Choque Barrera de Gomez inicia el proceso Ordinario de Prescripción de Derecho a Suceder; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nro. 14/2018 de fecha 19 de enero, cursante de fs. 158 a 161, donde el Juez Público Civil y Comercial Decimo Primero de Sucre declara IMPROBADA la demanda de Prescripción de Suceder.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Felicia Choque Barrera de Gomez, mediante memorial de fs. 164 a 167 vta.; la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº 095/2018 de fecha 27 de Marzo, cursante de fs. 178 a 181 de obrados, por el cual CONFIRMA la Sentencia Nro. 14/2018 de fecha 19 de enero, cursante de fs. 158 a 161.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Felicia Choque Barrera de Gomez, según memorial de fs. 183 a 186 vta. de obrados, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACION
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