Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 403/2013
Sucre: 12 de agosto 2013
Expediente: CH-43-13-S
Partes: Ruth Carballo Olivera. c/ Sandro Paniagua Vargas.
Proceso: Unión libre o de hecho, ruptura unilateral, división y partición de Bienes.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: Los recursos de casación en la forma y en el fondo de fs. 220 a 225 y vlta., interpuesto por Sandro Paniagua Vargas contra el Auto de Vista Nº 213 de 03 de mayo de 2013, cursante de fs. 214 a 216, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de unión libre o de hecho, ruptura unilateral, división y partición de bienes seguido por Ruth Carballo Olivera contra Sandro Paniagua Vargas, el Auto de concesión del recurso de fs.253, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez de Partido Segundo de Familia de la capital, pronunció la Sentencia Nº 08 de 25 de enero de 2013, de fs. 177 a 183 y vlta., declarando probada en parte la demanda interpuesta por Ruth Carballo Olivera contra Sandro Paniagua Vargas, disponiendo la validez de la unión libre o de hecho a partir del año 2003, la ruptura de la unión a partir del 2012, sobre la comunidad de bienes gananciales, guarda de los hijos, y el monto asistencial fijado por la Juez de Instrucción.
Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por el demandado por memorial de fs. 188-193 y vlta., y resuelta por Auto de Vista Nº 213 de 03 de mayo de 2013, de fs. 214 a 216, por el que se confirma parcialmente la sentencia apelada, con la modificación de que en caso que las partes pretendan modificar el monto asistencial, puedan hacerlo ante el juzgado donde se tramitó la ruptura debiendo acumularse el expediente de asistencia familiar a este último.
Resolución que a su vez es recurrida de casación en la forma y en el fondo por el demandado Sandro Paniagua Vargas, que es objeto de Autos.
CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
1.- Recurso de casación en la forma
Refiere que el Tribunal de Apelación omitió pronunciarse respecto a las pretensiones deducidas y reclamadas en su apelación, contraviniendo lo dispuesto por el art. 254 núm., 4) del Código de Procedimiento Civil, así mismo acusa la vulneración al debido proceso, seguridad jurídica, verdad material, ya que la Juez de instancia de forma oficiosa en distintas etapas del proceso fue direccionando las pretensiones de la parte demandante, asumiendo una conducta de abogada patrocinante antes de Juez de la causa, hechos que demuestran parcialización hacia la actora, culminando su recurso en este punto, haciendo cita de los Autos Supremos Nº 27/2007 y 829/2007 emitidos por la Sala Social y Administrativa de este Tribunal Supremo.
2.- Recurso de casación en el fondo.-
Acusa que el Juez de Primera Instancia y el Tribunal de Alzada incurrieron en defectuosa valoración de la prueba para determinar la vigencia y existencia de la unión conyugal libre, ya que los certificados de nacimiento de sus cinco hijos no acreditan la existencia de la misma, más aun si tal extremo debía ser probado por la parte actora, situación que no aconteció en el caso de Autos, y por consiguiente el Juez de la causa no podía disponer nada sobre la comunidad de gananciales, sin embargo el Juez incurre en contradicción en la fundamentación cuando por una parte reconoce que son dineros del demandado pero que el monto de su adquisición (camión) no se habría probado, vulneración en la que incurrió el Juez A quo y fue consentida por el Ad quem, violando lo dispuesto por los arts. 252 núm., 2) y 3) del Código Adjetivo de la materia.
Mostrando 20 de 40 parrafos.