Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 404 Sucre, 06 de octubre de 2005
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público y otros c/ Gerónimo Mendoza Sanagalli y
otros
Homicidio
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VISTOS: los recursos de casación de fojas 31 a 362 y 378 a 379 interpuesto por Martha Sillero de Mendoza y Gerónimo Mendoza Sangalli y Genaro Quenta Fernández Fiscal de Materia, respectivamente; impugnando el Auto de Vista N° 134, de 23 de mayo de 2005, de fojas 341 a 343; pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz; dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra los recurrentes y otros; por los delitos de tentativa de asesinato y lesiones graves y leves, previstos y sancionados por los artículos 8° con relación al 251 y 271 del Código Penal.
CONSIDERANDO: para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; en ese sentido, el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
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