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TSJ

AS/0405/2010

Tribunal Supremo de Justicia
28 de agosto de 2010Social 1eraMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2010

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº S-942/2006

AUTO SUPREMO Nº 405 Social Sucre, 28 de agosto de 2010.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Moisés Balboa Mamani y otros c/ A.A.S.A.N.A.

VISTOS:El Recurso de Casación de fs. 140-142, interpuesto por la entidad demandada ADMINISTRACIÓN DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES A LA NAVEGACIÓN AÉREA (A.A.S.A.N.A.), representada legalmente por su Director Ejecutivo FERNANDO FUENTES DAZA, en contra del A.V. Nº 224/06 S.S.A. - I, de fecha 14/9/2006, cursante de fs. 135-137, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso de reliquidación de beneficios sociales instaurado por JAVIER MAURICIO ARÉVALO CABRERA y OTROS, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda, el Juez 4º de Partido del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 110/2005 de fecha 29/10/2005, cursante a fs. 102 y vlta., declarando IMPROBADA la demanda principal.

Posteriormente, en fecha 10/11/2005, los actores deducen Recurso de Apelación, por el que, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante el A.V. Nº 224/06 S.S.A.- I, de fecha 14/9/2006, cursante de fs. 135-137, que REVOCA la sentencia apelada y deliberando en el fondo declara PROBADA la demanda,sin costas, consiguientemente, haber lugar a la inclusión del Bono de Insalubridad en el Salario Promedio Indemnizable, conforme a la siguiente reliquidación:

MOISÉS BALBOA MAMANI, por Bs. 9.543,80.

MOISÉS ARÉVALO LOAYZA, por Bs. 5.584,79.

LUCÍA DELGADO FUENTES, por Bs. 14.435,47.

EDGAR GARCÍA ROCHA, por Bs. 5.643,73.

ANGEL POMA TICONA, por Bs. 6.276,65.

MARÍA HURTADO SOLIZ, por Bs. 6.632,39.

BERNARDINO GUTIÉRREZ LIMPIAS, por Bs. 4.378,30.

MIGUEL ANGEL ASSINA CALLA, por Bs. 10.307,47.

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Criterio

Es así que, en relación a los requisitos formales del recurso y en base a los términos como se encuentra formulado el mismo, siendo evidente el incumplimiento de las formalidades exigidas por el legislador, tutelando precisamente que el recurso cumpla su finalidad de abrir la competencia del órgano y éste no incurra en arbitrariedad alguna. Cuyas formalidades no han sido cumplidas por la entidad recurrente, razón por la cual, precisamente este Tribunal se ve imposibilitado de dar cabida a la consideración del fondo en la casación impetrada.

Datos del proceso

Demandante
Moisés Balboa Mamani y otros
Demandado
A.A.S.A.N.A.
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva
Tribunal Supremo de Justicia28 de agosto de 2010AS/0405/2010Fuente oficial