Volver a sentencias
TSJ

AS/0409/2015

Tribunal Supremo de Justicia
8 de junio de 2015Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2015

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 409

Sucre, 08 de junio de 2015

Expediente : 162/2011-S

Demandante : Adela Fabiana Rivera Coria

Demandada : Fiscalía General del Estado

Distrito : Tarija

Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 175 a 176 vta., interpuesto por Mario Limachi Salinas en representación de la Fiscalía General del Estado, contra el Auto de Vista de 01 de noviembre de 2010, cursante de fs. 142 a 143 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso social de compensación económica por vacación, seguido por Adela Fabiana Rivera Coria contra la institución recurrente; la respuesta de fs. 181 a 183, el Auto que concedió el recurso a fs. 184; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del proceso

I.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió Sentencia Nº 15/2010 de 27 de marzo (fs. 102 y 103), declarando probada la demanda, con costas, ordenando a la institución demandada a cancelar a la actora la suma de Bs.5.333,33.- por concepto de compensación de vacaciones.

I.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducido por ambas partes (fs. 109 a 110 y 126 a 127 vta.), la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, mediante Auto de Vista de 1 de noviembre de 2010 (fs. 142 a 143 vta.), confirmó parcialmente la Sentencia apelada, modificando el monto por compensación de vacaciones de Bs.5.333,33.- a la suma de Bs.11.333,00.-, sin costas.

II. Motivos del recurso de Casación

Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 175 a 176 vta., interpuesto por Mario Limachi Salinas en representación de la Fiscalía General del Estado, en base a los siguientes argumentos:

Mostrando 18 de 35 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

"... al no haber cumplido la institución recurrente con la carga legal prevista en el art. 258.2) del CPC, por desconocimiento de la adecuada técnica jurídica que debe de observarse en la formulación de este recurso extraordinario, y al no poderse suplir de oficio las omisiones, imprecisiones o impericias en que incurrió la misma, este Tribunal Supremo se encuentra impedido de abrir su competencia para conocer el recurso intentado..."

Datos del proceso

Demandante
Adela Fabiana Rivera Coria
Demandado
Fiscalía General del Estado
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia

Descriptores

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva
Tribunal Supremo de Justicia8 de junio de 2015AS/0409/2015Fuente oficial