Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 413/2019
Sucre, 14 de agosto de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 170/2018
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS:
El recurso de casación de fs. 209 a 210, interpuesto por Luis Chamón Exeni, Presidente Ejecutivo de la Empresa Constructora Bartos y CIA. S.A. contra el Auto de Vista Nº 251/2017 de 6 de noviembre, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido por Luis Chipana Cutipa en contra del recurrente, el Auto de 26 de marzo que concedió el recurso, el Auto N° 195/2018-A de 4 de mayo que lo admitió, los antecedentes del proceso; y,
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
I.1.- Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Octavo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 45/2017 de 13 de febrero (fs. 184 a 190), declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 10 a 13, subsanada de fs. 16 a 20 de obrados en lo que respecta al pago de indemnización, desahucio, sueldos devengados, aguinaldo y vacaciones, conminándose a la constructora demandada a pagar a favor del actor la suma de Bs. 149.098,97 de acuerdo con el siguiente detalle:
Tiempo de servicios: 15 años, 11 meses y 29 días.
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 3.500
Indemnización: Bs. 55.736,52
Desahucio: Bs. 10.500
Sueldos devengados (septiembre a diciembre de 2012): Bs. 9.723
Sueldos devengados (enero a agosto de 2013): Bs. 28.000
Aguinaldo gestión 2013: Bs. 2.333
Esfuerzo por Bolivia gestión 2013: Bs. 2.333
Vacaciones (52 días): Bs. 6.066
TOTAL: Bs. 114.691,52
Multa del 30%: Bs. 34.407,45
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