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TSJ

AS/0414/2010

Tribunal Supremo de Justicia
26 de noviembre de 2010Civil IMag. Teófilo Tarquino Mujica
Proceso
Sala
Civil I
Año
2010

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Texto del fallo

S A L A C I V I L

Auto Supremo: Nº 414. Sucre: 26 de Noviembre de 2010.

Expediente: Nº 77 - 09 - S.

Partes: Juan Carlos Navarro Cordero c/ Juan Carlos Fiel Zenteno

Distrito: Santa Cruz.

Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Juan Carlos Navarro Cordero de fs. 176 a 177, contra el Auto de Vista de 22 de enero de 2009, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro el proceso sobre mejor derecho propietario, reivindicación, entrega de lote y retiro de construcciones, seguido por el recurrente, contra Juan Carlos Fiel Zenteno, la respuesta de fs. 179 a 180, los antecedentes; y:

CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Segundo en materia Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, pronuncio la Sentencia Nº 93 de 19 de mayo de 2003 (fs. 138 a 141), declarando improbadas la demanda y la reconvención, sin costas.

Deducida la apelación por el demandante, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 22 de enero de 2009 (fs. 171 a 172 vlta.), confirma la Sentencia apelada, con costas en ambas instancias.

Esta resolución superior dio lugar al recurso de casación interpuesto por el demandante Juan Carlos Navarro Cordero en los términos expresados en su memorial de 22 de junio de 2009 (fs. 176 a 177).

CONSIDERANDO:Que, el art. 15 de la Ley de Organización Judicial otorga al Tribunal Supremo la facultad de fiscalizar los procesos que llegan a su conocimiento a objeto de verificar si en ellos se observaron las formas esenciales que hacen eficaz a un proceso de conocimiento y fundamentalmente, que las resoluciones que contenga sean útiles en derecho y guarden la seguridad jurídica que las partes buscan a través de aquél.

Que, en función a esa facultad fiscalizadora, corresponde precisar que de acuerdo a lo establecido por el art. 194 del Código de Procedimiento Civil, las disposiciones de la Sentencia sólo comprenderán a las partes que intervinieren en el proceso y a las que trajeren o derivaren sus derechos de aquellas. En ese mismo sentido el art. 1451 del Código Civil, prevé que lo dispuesto por la Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada causa estado a todos los efectos entre las partes, sus herederos y causahabientes.

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Datos del proceso

Demandante
Juan Carlos Navarro Cordero
Demandado
Juan Carlos Fiel Zenteno
Magistrado relator
Teófilo Tarquino Mujica
Tribunal Supremo de Justicia26 de noviembre de 2010AS/0414/2010Fuente oficial