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TSJ

AS/0415/2012

Tribunal Supremo de Justicia
15 de noviembre de 2012Sala Civil 1Mag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Sala
Sala Civil 1
Año
2012

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 415/2012

Sucre: 15 de noviembre de 2012

Expediente: LP-108-12-S.

Partes: Daniel Durán Cartagena c/ Eva Rasguido Ossio.

Proceso: Divorcio.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 206 a 208, interpuesto por Daniel Durán Cartagena contra el Auto de Vista Nº S - 406/11, cursante de fs. 203 y vlta., emitido el 1 de agosto de 2011 por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, (ahora Tribunal Departamental de Justicia) en el proceso ordinario sobre divorcio seguido por el recurrente en contra de Eva Rasguido Ossio; la concesión sin respuesta de fs. 209; los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

La Juez de Partido y de Sentencia de Caranavi, del Departamento de La Paz, el 4 de marzo de 2010 pronunció la Sentencia Nº 04/2010, cursante de fs. 182 a 186, declarando improbada la demanda de divorcio por la causal prevista en el art. 131 del Código de Familia y consecuencia de ello mantuvo subsistente el vínculo conyugal que une a los esposos Daniel Durán Cartagena y Eva Rasguido Ossio, con costas.

Contra esa Sentencia el demandante Daniel Durán Cartagena interpuso recurso de apelación, en cuyo mérito la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, el 1 de agosto de 2011 emitió el Auto de Vista Nº S-406/11, cursante de fs. 203 y vlta., confirmando la Sentencia apelada, con costas.

Resolución de segunda instancia recurrida en casación en el fondo por la parte del actor.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

El recurrente Daniel Durán Cartagena señaló que los Tribunales de instancia fundamentaron que no se probó la causal de divorcio de separación por más de dos años continuos, aspecto que cuestiona en consideración a que por los propios memoriales presentados por la parte demandada se evidenciaría la confesión realizada por ésta respecto a la causal de divorcio, lo que implicaría la aplicación de la máxima legal que orienta que a confesión de parte relevo de prueba.

Manifestó que la situación económica de su familia no era tan desesperada como para justificar el viaje realizado por su esposa al país de España, situación que más bien se habría dado por un capricho de su cónyuge, quien con esa determinación dejó el hogar, habiendo asumido el esposo las obligaciones de padre y madre, no siendo evidentes las afirmaciones realizadas por la demandada en sentido de que el esposo descuidó la atención de sus hijos, quienes más bien se vieron afectados psicológicamente por la ausencia de la madre.

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Datos del proceso

Demandante
Daniel Durán Cartagena
Demandado
Eva Rasguido Ossio.
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia15 de noviembre de 2012AS/0415/2012Fuente oficial