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TSJReiteradora

AS/0415/2020

Tribunal Supremo de Justicia
22 de julio de 2020Social 2da

Máxima

FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN EN LAS RESOLUCIONES JUDICIALES/ La fundamentación y motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un deber jurídico, consagrado constitucionalmente como uno de los…

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Resumen del caso

Derecho de la Seguridad Social / Elementos comunes de procedimiento / Nulidad / Procede

El recurrente señala que el Auto de Vista recurrido, adolece de elementos de forma que las autoridades judiciales deben observar al momento de dictar una resolución judicial, por no contener una debida fundamentación.

Proceso
RECURSO DE RECLAMACIÓN

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 415/2020

Sucre, 22 de julio de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 92/2020

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 316 a 320, interpuesto por Sergio Osvaldo Claros Araoz, Calep Taceo Costa y Emileny Rosely Villerroel Sanabria, apoderados de Karina Vanessa Oropeza Peña en su condición de Directora General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 102 de fecha 18 de junio de 2019 de fs. 308 y vta., pronunciado por la Sala Primera en Materia del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del recurso de reclamación instaurado por Nancy Gaby Fernández Romero derechohabiente de Rene Orgas Lavadenz, contra el SENASIR, el auto de fs. 324 que concedió el recurso, el Auto N° 92/2020-A del 12 de marzo de fs. 335 y vta., los antecedentes del proceso y;

CONSIDERANDO I: Que dentro del trámite de solicitud de reclamo de devolución del P.A.R. formulado por Nancy Gaby Fernández Romero, derechohabiente del Sr. Rene Orgas Lavadenz, la Comisión de Calificación de Rentas, mediante Resolución Nº 10654 de 15 de diciembre de 2006 (fs. 142), resolvió disponer la devolución de Bs. 480.00 por descuentos efectuados por concepto de líquido pagable del PARA a favor de Nancy Gaby Fernández Romero, asimismo dispone que por la Jefatura Nacional de Operaciones deben anularse las boletas no cobradas por el derecho habiente.

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Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE RECLAMACIÓN
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia22 de julio de 2020AS/0415/2020Fuente oficial