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TSJ

AS/0428/2008

Tribunal Supremo de Justicia
5 de diciembre de 2008Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2008

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 428 Sucre, 5 de diciembre de 2008

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Ministerio Público c/Marina Mayta Casilla y Flora Viracochea Atahuichi.

Transporte de Sustancias Controladas (Declara de oficio la extinción de la acción penal)

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Sucre, 5 de diciembre de 2008

VISTOS: El requerimiento fiscal pronunciado respecto a la extinción de la acción penal de 29 de marzo de 2005 (fojas 214 a 216) dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Marina Mayta Casilla y Flora Viracochea Atahuichi, por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, radicado en esta Corte Suprema de Justicia a raíz del recurso de casación interpuesto por Flora Viracochea Atahuichi, los antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, el Auto de apertura de proceso penal data del 9 de abril de 2001 (fojas 37); luego de sus consideraciones y trámites de ley, el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba, pronunció Sentencia el 22 de mayo de 2003 (fojas 188 a 189 vuelta), que declaró a las procesadas, autoras del delito de transporte de sustancias controladas en grado de tentativa, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas con relación al artículo 8 del Código Penal, condenándolas a la pena de 5 años y 4 meses de presidio a cumplir en la Cárcel Pública de mujeres de esa ciudad, más el pago de 400 días multa a razón de Bs. 1 por día, costas al Estado, y daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia. Fallo que en apelación fue revocado mediante Auto de Vista de 11 de diciembre de 2003 (fojas 203 y 203 vuelta) emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró a las procesadas, autoras del delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y les impuso la pena de 8 años de presidio, mas el pago de 1000 días multa a razón de 0,50 Bs. por día y costas, daños y perjuicios a favor del Estado, averiguables en ejecución de sentencia; dando lugar a la interposición del recurso de casación por la procesada Flora Viracochea Atahuichi, motivó por el que el expediente fue radicado en este Tribunal el 17 de abril de 2004.

Que, el Ministerio Público, requirió porque se disponga de oficio la no extinción de la acción penal a favor de las procesadas, por haber demostrado conductas desleales en el proceso, obstaculizando la averiguación de la verdad y la interposición de recursos con fines dilatorios.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Marina Mayta Casilla y Flora Viracochea Atahuichi.
Tribunal Supremo de Justicia5 de diciembre de 2008AS/0428/2008Fuente oficial