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TSJReiteradora

AS/0428/2020

Tribunal Supremo de Justicia
22 de julio de 2020Social 2da

Máxima

CITACIÓN A PERSONA JURÍDICA/ Es válida indistintamente si es efectuada a sus presidentes, gerentes generales, administradores o…

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Resumen del caso

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Notificaciones y Citaciones / Citación a persona jurídica

La recurrente manifestó que no es y nunca fue propietaria del “Cine Comercio”; que su propietaria es Tatiana Ruth Zambrana Castellón y que no se trata de una persona jurídica para que se pretenda la aplicación de los artículos 72 y 120 del Código Procesal del Trabajo. Alegó que fue Tatiana Ruth Zamb…

Proceso
BENEFICIOS SOCIALES

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 428/2020

Sucre, 22 de julio de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-LP. 129/2020

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 449 a 452, deducido por Miriam Ruth Castellón Claure, contra el Auto de Vista N° 157/2019 de 14 de octubre de fs. 440 a 447, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Alfredo Poma Paco contra la recurrente, el memorial de contestación de fojas 455 y vuelta, el auto de concesión del recurso de fojas 456, el Auto N° 129/2020-A de 17 de marzo que admitió el recurso (fojas 466 y vuelta), los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexta de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 120/2015 de 17 de julio (fojas 163 a 173), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 2 a 3, y subsanada por memoriales de fojas 6 y 8.

Dispuso que en consecuencia, la demandada deberá hacer efectivo el pago a favor del actor, de los conceptos y montos correspondientes al detalle siguiente:

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 1.000,00

Tiempo de trabajo: 15 años, 3 meses

Indemnización: Bs. 15.008,00

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Datos del proceso

Proceso
BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia22 de julio de 2020AS/0428/2020Fuente oficial