Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 437/2012
Sucre 15 de noviembre de 2012
Expediente: O - 26 - 12 - S.
Partes: Javier Aguirre Alanes c/ María Antonia Díaz Sánchez
Proceso: Guarda de menor
Distrito: Oruro
VISTOS: El recurso de casación de fs. 194 y 195 vlta., interpuesta por María Antonia Díaz Sánchez contra el Auto de Vista Nº 099/2012 de fs. 187 a 191 de fecha 16 de agosto 2012 emito por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso de Guarda de menor seguido por Javier Aguirre Alanes contra María Antonia Díaz Sánchez, el auto de concesión del recurso de fs. 199, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I
ANTECEDENTES DEL PROCESO.
Que, el Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia el 15 de mayo 2.012 pronunció la Sentencia Nº 11/2012 cursante de fs. 163 a 171 de obrados por la cual declara IMPROBADA la demanda de Guarda de fs. 25 a 28 y 31, mantiene subsiste la Guarda y tenencia del niño Javier Aguirre Díaz en favor de la madre María Antonia Díaz Sánchez y concede el derecho de visitas a favor del padre del padre Javier Aguirre Alanes hacia su hijo, disponiendo las visitas los días domingos, feriados y en vacaciones en forma alterna, asimismo dispone que el equipo interdisciplinario de ese despacho judicial se realice el seguimiento permanente, por el lapso de dos años, en su caso de tres años, debiendo elaborarse informes periódicos; contra la referida sentencia se plantea el recurso de apelación por parte de María Antonia Díaz Sánchez en cuyo mérito la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia dicta el Auto de Vista No. 099/2012 que confirma la sentencia apelada y contra esta resolución se plantea recurso de casación en el fondo, que merece el presente análisis.
CONSIDERANDO II
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