Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 447
Sucre, 16 de julio de 2024
Expediente: 384-2024
Demandante: Caja Nacional de Salud Regional Santa Cruz
Demandado: Fernando Zabala Flores
Materia: Coactivo Social
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fojas 140 a 143 interpuesto por la Caja Nacional de Salud Regional Santa Cruz, representada por su Administrador Regional, César Figueroa, contra el Auto de Vista Nº 197 de 8 de septiembre de 2023, cursante de fojas 136 a 138, emitido por la Segunda Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso coactivo social que sigue el ente gestor recurrente contra Fernando Zabala Flores, sin contestación de contrario, el Auto N° 104 de 18 de abril de 2024, de fojas 155, que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 144/2024 de 20 de mayo, de fojas 162 a 163 y vuelta, que declaró la admisibilidad del recurso de casación, los antecedentes del proceso, y,
CONSIDERANDO I.
I.1.- Antecedentes del proceso.
Auto Definitivo
Que el Juez 5to de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto N° 385 de 27 de agosto de 2021, cursante de fojas 71 a 72 y vuelta, que declaró probada la excepción perentoria de prescripción, interpuesta por Fernando Zabala Flores mediante memorial de fojas 60 a 63, sin costas, y ordenando el levantamiento de las medidas precautorias.
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, mediante Auto de Vista N° 197 de 8 de septiembre de 2023, cursante de fojas 136 a 138, la Segunda Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, CONFIRMÓ el Auto N° 385 de 27 de agosto de 2021, sin costas.
I.3 Motivos del recurso de casación.
Contra el referido auto de vista, la Caja Nacional de Salud a través de su representante legal interpuso el recurso de casación cursante de fojas 140 a 143, realizando un breve relato de antecedentes y acusando las siguientes infracciones:
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