Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 463/2021
Sucre, 09 de julio de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 354/2021
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Armando Guillermo Flores Zavala, propietario de la Empresa Embutidos “SAV”, de fs. 114 a 116, contra el Auto de Vista Nº 77/2021 de 9 de abril, de fs. 107 a 111 vta., pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, seguido por Cinthia Marisol López Huarachi, contra la Empresa recurrente, sin respuesta al recurso de casación, el auto de 19 de mayo de 2021 de fs. 122 vta., que concede el referido medio de impugnación, el Auto N° 354/2021-A de 15 de junio, de fs. 130 y vta., mediante el cual se admite el referido recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I.
I.1 Antecedentes del proceso.
Que, tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo de Tarija, emitió la Sentencia de fecha 15 de enero de 2015, cursante de fs. 81 a 85, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 13 a 16, con costas, debiendo la parte demandada Empresa Embutidos “ZAV”, representada por Armando Guillermo Flores Zavala, cancelar a la parte actora la suma de Bs.11.864.- de acuerdo al siguiente detalle:
Salario indemnizable: Bs.1.800.-
Fecha de inicio de la relación laboral: 28 de mayo de 2014.-
Fecha de conclusión de la relación laboral: 21 de abril de 2015.-
Tiempo de la relación laboral: 10 meses y 23 días.-
Conclusión de la relación laboral: Retiro forzoso.-
INDEMNIZACION (10 meses y 23 días) Bs.1.604.-
SUELDOS DEVENGADOS (2 meses y 21 días) Bs.4.860.-
DESAHUCIO Bs.5.400.-
___________
TOTAL ADEUDADO Bs.11.864.-
Monto que deberá actualizarse en ejecución de Sentencia conforme el D.S. 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por ambas partes de fs. 87 vta. y de fs. 90 a 93, cumplidas las formalidades procesales, la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto de Vista N° 77/2021 de 9 de abril, cursante de fs. 107 a 111 vta., resolviendo CONFIRMAR TOTALMENTE la Sentencia apelada de fecha 15 de enero de 2016, cursante de fs. 81 a 85 de obrados, sin costas por ser ambas partes apelantes.
I.3 Motivos del recurso de casación.
Dentro del plazo previsto por ley, la Empresa Embutidos ZAV., representada por Armando Guillermo Flores Zavala, por escrito de fs. 114 a 116, interpuso recurso de casación en contra del Auto de Vista N° 77/2021 de 9 de abril, señalando las siguientes infracciones:
1.- Fundamentos del recurso en la forma y en el fondo.
Manifestó que las pruebas no fueron valoradas correctamente en la sentencia, que la demandante en su declaración testifical de fecha 6 de octubre de 2015 en el punto, señaló: “Si recibí los subsidios por parte de mi concubino”; que la Juez no valoró correctamente como hechos no probados por parte de la empresa con respecto a las asignaciones familiares.
Señaló también, error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas documentales y testificales; que la trabajadora ya percibía el subsidio por parte de su esposo que trabajaba en IMBA; que la Juez hizo valoración sesgada de la prueba testifical de cargo en cuanto a la doble precepción de las asignaciones familiares establecidas en el art. 18 de la Resolución Ministerial 1676 de 22 de noviembre de 2011- Reglamento de Asignaciones Familiares.
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