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TSJReiteradora

AS/0473/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de septiembre de 2021Social 1era

Máxima

PROHIBICIÓN DE CONTRATOS A PLAZO FIJO EN TAREAS PROPIAS Y PERMANENTES DE LA EMPRESA/ No están permitidos contratos a plazo fijo, en…

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Resumen del caso

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Contratos / Contrato a plazo fijo / Renovación consecutiva da lugar a la consolidación de contrato indefinido

La parte recurrente señala error de hecho en la valoración probatoria de fs. 89, 92, 93, 96, 99, 102, 105 y 123 en las que se establece la fecha de conclusión de cada uno de los contratos a plazo fijo por temporada suscritos con la actora, por lo que se procedió al pago de sus beneficios sociales po…

Proceso
Beneficios sociales y derechos laborales

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 473

Sucre, 16 de septiembre de 2021

Expediente: 265/2021-S

Demandante: Sandra Figueroa de Sánchez

Demandado: Centro Educativo “IBEROAMERICANO Ltda.”.

Proceso: Beneficios sociales y derechos laborales

Departamento: Santa Cruz

Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán

VISTOS: El recurso de casación, de fs. 556 a 563, interpuesto por el Centro Educativo Iberoamericano Ltda., representada por Mery Efigenia Fernández de Lami, contra el Auto de Vista N° 09/2021 de 4 de enero, de fs. 548 a 552, emitido por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales seguido por Sandra Figueroa de Sánchez; el Auto de 28 de abril de 2021, que concedió el recurso (fs. 572); el Auto de 12 de mayo de 2021 (fs. 578), por el que se declaró admisible el recurso de casación; los antecedentes procesales; y todo lo que en materia fue pertinente analizar:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia.

El Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 31/2020 de 30 de octubre, de fs. 518 a 523, declarando PROBADA en parte la excepción perentoria de pago documentado; PROBADA en parte con costas y costos la demanda de fs. 22 y 23, disponiendo que el centro educativo demandado cancele a favor de la actora Sandra Figueroa de Sánchez la suma de Bs.135.646,7.- (Ciento treinta y cinco mil seiscientos cuarenta y seis 07/100 Bolivianos), por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, bono de antigüedad, sueldo devengado, prima anual y multa del 30%, mas la actualización establecida en el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

Auto de Vista.

En conocimiento de la Sentencia, el Centro Educativo demandado, interpuso recurso de apelación de fs. 526 a 531; que fue resuelto por el Auto de Vista Nº 09/2021 de 4 de enero, emitido por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de fs. 548 a 552; que CONFIRMÓ la Sentencia emitida en primera instancia; con costas.

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:

Recurso de casación.

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Datos del proceso

Demandante
Sandra Figueroa de Sánchez
Demandado
Centro Educativo “IBEROAMERICANO Ltda.”.
Proceso
Beneficios sociales y derechos laborales
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia16 de septiembre de 2021AS/0473/2021Fuente oficial