Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 486
Sucre, 16 de septiembre de 2021
Expediente : 279/2021-S
Demandante : José Vicente Ochoa Alcalá
Demandado : Hospital Juan XXIII
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : La Paz
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 393 a 395, presentado por el Hospital Juan XXIII, representado por Nelson Nery Patiño Cossio, contra el Auto de Vista Nº 16/2021, de 19 de enero, de fs. 386 a 387, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de beneficios sociales, interpuesto por José Vicente Ochoa Alcalá, contra el Hospital Juan XXIII, el Auto N° 181/2021 de 28 de abril, que concedió el recurso, de fs. 399, el Auto de 26 de mayo de 2021 de fs. 449, que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y todo cuanto ver convino:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
Tramitado el proceso, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia Nº 66/2020 de 16 de marzo de 2020 (fs. 215 a 220), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 39-44, subsanada a fs. 50 a 52, sin costas, ordenando al Hospital Juan XXIII, que cancele a favor del demandante José Vicente Ochoa Alcalá, la suma de Bs. 381.367,01.- (Trescientos ochenta y un mil trescientos sesenta y siete 01/100 Bolivianos), por concepto de indemnización, sueldos devengados, reintegro de bono de antigüedad, retroactivo de incremento salarial, devolución de descuentos, duodécimas de aguinaldo 2017 y multa del 30%, conforme evidencia la liquidación que se inserta en su parte resolutiva.
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