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TSJ

AS/0500/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
13 de junio de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Mejor derecho propietario y otros.
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 500/2018-RA

Sucre: 13 de junio de 2018

Expediente: SC-66-18-S

Partes: Kinjo Shimabukuro Toyosato. c/ Gober Lopez Velasco.

Proceso: Mejor derecho propietario y otros.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 1237 a 1239, interpuesto por Gober Lopez Velasco; contra el Auto de Vista 138/2018 de fecha 20 de marzo, cursante de fs. 1231 a 1234 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario sobre mejor derecho propietario y otros, seguido por Kinjo Shimabukuro Toyosato contra Gober Lopez Velasco; la contestación cursante de fs. 1242 a 1243; el Auto de concesión del recurso de fecha 11 de mayo de 2018, cursante en fs. 1244; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. En base al memorial de demanda de fs. 14 a 16 vta., ratificada por memorial de fs. 21, Kinjo Shimabukuro Toyosato inició proceso sobre mejor derecho propietario y otros; acciones que fueron dirigidas contra Gober Lopez Velasco, quien, una vez citado, por memorial de fs. 52 a 56 vta., contestó negativamente e interpuso acciones reconvencionales sobre nulidad de documentos de propiedad, cancelación de partidas y daños y perjuicios; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 100/2011 de fecha 09 de diciembre, cursante de fs. 496 a 499 vta., donde el Juez 11º de Instrucción Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz declaró PROBADA la demanda principal; e IMPROBADA la demanda reconvencional interpuesta por Gober Lopez Velasco.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Gober Lopez Velasco, mediante memorial de fs. 504 a 509 vta.; la Sala Civil y Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 138/2018 de fecha 20 de marzo, cursante de fs. 1231 a 1234 vta., CONFIRMANDO la sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia que fue recurrida en casación por Gober Lopez Velasco mediante el memorial de fs. 1237 a 1239, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho para su viabilidad y procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 y los requisitos establecidos en los art. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

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Datos del proceso

Demandante
Kinjo Shimabukuro Toyosato.
Demandado
Gober Lopez Velasco.
Proceso
Mejor derecho propietario y otros.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia13 de junio de 2018AS/0500/2018-RAFuente oficial