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TSJ

AS/0504/2013

Tribunal Supremo de Justicia
1 de octubre de 2013Civil LiquidadoraMag. Ana Adela Quispe Cuba
Proceso
Reivindicación y otros
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 504

Sucre: 1 de octubre de 2013

Expediente: SC – 100 – 08 – S

Proceso: Reivindicación y otros

Partes: Domingo Gonzales Terrazas y otra c/ Benedicta Mamani Flores

Distrito: Santa Cruz

Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba

VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 246 a 248 vuelta, interpuesto por Benedicta Mamani Flores contra el Auto de Vista N° 267/2008, de fecha 21 de mayo, de fojas 242 a 243, emitido por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, la contestación al referido recurso de fojas 250 a 251, dentro del ordinario de Reivindicación y otros, seguido por Domingo Gonzales Terrazas y otra contra Benedicta Mamani Flores, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO I:

1.- Que, seguida la causa el Juez Quinto de Partido en materia Civil y Comercial, de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, emite Sentencia Nº 90/2006, de fecha 12 de junio, de fojas 203 a 205 y vuelta, que declara probada la demanda de fojas 7 y vuelta y complementación de fojas 9, disponiendo, 1) declarar el mejor derecho propietario de los Sres. Domingo Gonzales Terrazas y Máxima Mendoza de Gonzales, sobre el inmueble que se encuentra ubicado en la zona denominada Mora grande U.V. 107, Manzana N° 47, Lote N° 23, inscrito en las oficinas de DD. RR., bajo la Matricula N° 7011990020557, con relación a la demandada Sra. Benedicta Mamani Flores; 2) Se concede el término de 15 días a partir de la ejecutoria de la presente resolución, para que la demandada, entregue el inmueble que se encuentra ubicado en la Zona denominada Mora Grande, U.V. 107, Manzana N° 47, Lote N° 23, inscrito en las oficinas de DD. RR., bajo la Matricula N° 7011990020557, a sus propietarios los Sres. Domingo Gonzales Terrazas y Máxima Mendoza de Gonzales, bajo prevenciones de librarse el correspondiente mandamiento de desapoderamiento, previo pago de las mejoras incorporadas en el inmueble.

Deducida la apelación por la parte demandada, de fojas 213 a 216, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronuncia Auto de Vista N° 267/2008, de fecha 21 de mayo, de fojas 242 a 243, que confirma la sentencia apelada. Con costas.

2.- Contra el Auto de Vista referido, la demandada Benedicta Mamani Flores interpone recurso de casación o nulidad, con los argumentos expuestos allí, se tiene:

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Datos del proceso

Demandante
Domingo Gonzales Terrazas y otra
Demandado
Benedicta Mamani Flores
Proceso
Reivindicación y otros
Magistrado relator
Ana Adela Quispe Cuba
Tribunal Supremo de Justicia1 de octubre de 2013AS/0504/2013Fuente oficial