Volver a sentencias
TSJ

AS/0533/2015

Tribunal Supremo de Justicia
13 de julio de 2015CivilMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Resarcimiento de Daños y Perjuicios por Demolición de Mausoleo
Sala
Civil
Año
2015

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 533/2015 - L

Sucre: 13 de Julio 2015

Expediente: SC – 61 – 10- S

Partes: Isidoro Villarroel Avila c/ Director General de Cementerios y Alcaldía

Municipal de Santa Cruz de la Sierra

Proceso: Resarcimiento de Daños y Perjuicios por Demolición de Mausoleo

Distrito: Santa Cruz

VISTOS: Los recursos de casación de fs. 385 a 392, interpuestos por Percy Fernández Añez Alcalde del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra y Andrés Jorge Queirolo Rocha Director de Cementerios Municipales de fs. 399 a 406 y vta., contra el Auto de Vista de 25 de agosto de 2009, de fs. 374 a 375, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de resarcimiento de daños y perjuicios por demolición de mausoleo seguido por Isidoro Villarroel Avila contra el Director General de Cementerios y Honorable Alcaldía Municipal de Santa Cruz de la Sierra; las respuestas al recurso de fs. 394 a 396 y de fs. 408; el Auto de concesión de fs. 408 vta.; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Isidoro Villarroel Avila, por memorial de fs. 5 a 8 y vta., adjuntando literales de fs. 1 a 4, en la vía ordinaria demanda resarcimiento de daños y perjuicios por demolición arbitraria de mausoleo, señalando que se habría adjudicado de la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa Cruz, un pequeño lote de terreno, ubicado en el cementerio “La Cuchilla” y que con recursos propios llegó a construir un mausoleo familiar de ocho cuerpos en principio y que por mandato de la administración del cementerio tuvo que aumentar dos cuerpos más en la parte superior del mismo, esto con la finalidad de que la parte posterior del mausoleo sirviera de barda en el lado sur de dicho cementerio.

Aduce el demandante que lamentablemente está barda habría sido demolida en merito a una decisión arbitraria y abusiva por parte de la Dirección General de Cementerios, con la finalidad de construir una nueva barda en línea recta, habiendo saqueado y profanado las tumbas de sus seres queridos enterrados en dicho lugar, su madre, hermanos y sobrinos, desconociendo que se hizo con los çrestos mortales de sus parientes fallecidos, denunciando de esta forma el atropello a sus derechos protegidos por la Constitución Política del Estado y las leyes, toda vez que no tenían potestad alguna para dañar material y moralmente a las personas que tienen constituido su derecho sobre los mausoleos obtenidos legalmente.

Asimismo alega que su derecho a la propiedad privada fue afectado, el mismo que se encontraba amparado y garantizado por el inc. i) del art. 7 y 22 de la Constitución Política del Estado, de modo tal que para proceder con la demolición debió previamente ser expropiado conforme a ley, ante tales abusos y arbitrariedades interpone la presente demanda contra Luis Balcázar Fernández Director General de Cementerios y Roberto Fernández Saucedo Alcalde Municipal de la ciudad de Santa Cruz, pidiendo el resarcimiento de daños y perjuicios por la demolición arbitraria de su mausoleo en la suma de $us. 10.000, así como el resarcimiento por daños morales causados con la profanación, saqueo y perdida de restos mortales, en la suma de $us. 50.000, pidiendo se declare probada su demanda con costas.

Citados los demandados, por memorial de fs. 48 a 49 Luis Balcázar Fernández en su condición de Director General de Cementerios, responde negando los términos de la demanda, alegando que no tuvo participación alguna en la demolición señalada ya que esta sería de responsabilidad del Plan de Reordenamiento Urbano y la Dirección de Infraestructuras, dependientes de la Alcaldía Municipal de Santa Cruz.

Asimismo, por memorial de fs. 94 a 96 y vta., Percy Fernández Añez, en su condición de Alcalde Municipal de Santa Cruz de la Sierra, opone excepción de incompetencia y niega la demanda en todas sus partes, solicitando además a la autoridad jurisdiccional se declare incompetente para conocer el presente caso.

Sustanciado el proceso el Juez Décimo Primero de Partido en Materia Civil y Comercial de la Capital, mediante Sentencia de 21 de mayo de 2008, cursante a fs. 334 a 337, declaró probada en parte la demanda de fs. 5 a 8 y vta., en lo referido al pago de daños y perjuicios por la demolición del mausoleo en la suma de $us. 5.787.85 y en su caso se le dote de un lote de terreno de las mismas dimensiones y se le construya un mausoleo de las mismas características con las que contaba el demolido e improbada en lo que se refiere al pago por resarcimiento de daños morales solicitados en la suma de $us. 50.000.

Contra esa Resolución de primera instancia el demandante Isidoro Villarroel Avila y el demandado Percy Fernández Añez interpusieron recurso de apelación a fs. 340 a 442 y vta. y a Fs. 345 a 350 y vta., respectivamente contra la Sentencia de 21 de mayo de 2008, en cuyo mérito la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de Santa Cruz por Auto de Vista de 25 de agosto de 2009, cursante a fs. 374 a 375, confirma la Sentencia apelada y la Resolución diferida sobre el recurso de reposición bajo alternativa de apelación de fs. 226 a 227. Sin costas; Resolución contra la cual, la parte demandada recurre de casación, misma que se pasa a considerar y resolver.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Del análisis de los recursos de casación, interpuestos por el Alcalde del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra y el Director General de Cementerios, se tiene que el primero fue concedido y el segundo rechazado por Auto de 07 de abril de 2009, cursante a fs. 408 vta., por haber sido este último presentado fuera del término establecido por el art. 257 del Código de Procedimiento Civil, por lo que no amerita su consideración.

Siendo que el recurso de casación interpuesto por Percy Fernández Añez (Alcalde del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra) es en la forma y en el fondo, este Tribunal pasa a enlizar el mismo:

Mostrando 23 de 46 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

El recurrente pretende hacer una interpretación errada del art. 342 del C.P.C. siendo que esta es clara al señalar que las excepciones preentorias puedes ser opuestas a tiempo de contestar la demanda, debiendo ser resueltas en sentencia, no siendo este el caso, en el entendido que la "incompetencia" está prevista como excepción previo y no perentoria.

Datos del proceso

Demandante
Isidoro Villarroel Avila
Demandado
Director General de Cementerios y Alcaldía
Proceso
Resarcimiento de Daños y Perjuicios por Demolición de Mausoleo
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Excepciones / Previas / IncompetenciaDerecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Resoluciones judiciales / Sentencia / Legal
Tribunal Supremo de Justicia13 de julio de 2015AS/0533/2015Fuente oficial