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TSJ

AS/0548/2010

Tribunal Supremo de Justicia
15 de noviembre de 2010Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Lesiones Leves. (Declara Inadmisible)
Sala
Penal I
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 548 Sucre, 15 de noviembre de 2010

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Ministerio Público y Verónica Anabela Illatarco Mendoza c/Ernesto López Góngora y Silvia López Sanjinéz.

DELITO: Lesiones Leves. (Declara Inadmisible)

VISTOS:El recurso de casación de fojas 155 a 156, interpuesto por Ernesto López Góngora y Silvia López Sanjinéz, impugnando el Auto de Vista de 29 de agosto de 2007 cursante de fojas 140 a 143 vuelta, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Verónica Anabela Illatarco Mendoza contra los recurrentes, por la comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el artículo 271 parágrafo II) del Código Penal; los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: Que, luego de cumplido todo el procedimiento establecido por la Ley 1970, el Juez de Sentencia Segundo de la ciudad de Cochabamba en fecha 17 de julio de 2006, pronunció la Sentencia de fojas 112 a 117 vuelta, declarando a los imputados Silvia López Sanjinéz y Ernesto López Góngora, autores de la comisión del delito de lesiones leves, previsto y sancionado por el artículo 271-II) del Código Penal, condenándoles a la primera de las nombradas (Silvia López Sanjinéz), a sufrir la pena de dos años de reclusión, a cumplir en la Cárcel Pública de "San Sebastián" mujeres de esa ciudad; y al segundo (Ernesto López Góngora), a la pena de privación de libertad de un año y ocho meses de reclusión, a cumplir en la Cárcel Pública de "San Sebastián", varones de esa ciudad, con costas a favor del Estado y resarcimiento de daños civiles a favor de la víctima.

Que, resolviendo la apelación restringida interpuesta por los imputados Ernesto López Góngora y Silvia López Sanjinéz, el Tribunal Ad-quem expidió el Auto de Vista de fojas 140 a 143 vuelta, declarando improcedente la cuestión planteada en el recurso de apelación restringida y confirmando la sentencia del a-quo contra dicho Auto de Vista, han recurrido de casación los nombrados imputados (fojas 155 a 156).

CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación indefectiblemente deben concurrir los presupuestos contenidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, requisitos que suponen legalmente cumplir con: a) Interponer el recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista; b) Señalar la contradicción en términos claros y precisos, tarea que entraña desglosar con fundamento la situación de hecho similar y establecer el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes; y, c) Haber invocado el precedente contradictorio a tiempo de formular el recurso de apelación restringida, acompañando copia del mismo.

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Criterio

Que para la admisibilidad del recurso de casación indefectiblemente deben concurrir los presupuestos contenidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, requisitos que suponen legalmente cumplir con: a) Interponer el recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista; b) Señalar la contradicción en términos claros y precisos, tarea que entraña desglosar con fundamento la situación de hecho similar y establecer el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes; y, c) Haber invocado el precedente contradictorio a tiempo de formular el recurso de apelación restringida, acompañando copia del mismo.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Verónica Anabela Illatarco Mendoza
Demandado
Ernesto López Góngora y Silvia López Sanjinéz.
Proceso
Lesiones Leves. (Declara Inadmisible)
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia15 de noviembre de 2010AS/0548/2010Fuente oficial