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TSJReiteradora

AS/0551/2020

Tribunal Supremo de Justicia
11 de noviembre de 2020Civil

Máxima

INTENCIONALIDAD y MARCO DE PERTINENCIA/ Los reclamos no pueden ser muy genéricos, deben ser coherentes y poseer un minino de explicación de la problemática…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Por carencia recursiva

El primero de los recurrentes afirma qué: el pago de mejoras es una determinación ultra petita, debido a que no fue debatida ni solucionada en la causa. De lo que establece que no existe precisión si son mejores de buena fe o mala fe. La segunda recurrente sugiere que el demandante pretende subrogar…

Proceso
Reivindicación, desocupación y entrega del bien inmueble, retiro y/o demolición de mejores más pago de daños y perjuicios

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 551/2020

Fecha: 11 de noviembre de 2020

Expediente: SC- 49 – 20 – S.

Partes: Dionicio Liders Verduguez Flores c/ María Rosa Eguez Alpire.

Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega del bien inmueble, retiro y/o demolición de mejores más pago de daños y perjuicios

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 370 a 373 presentado por Dionicio Liders Verduguez Flores y el recurso de casación interpuesto por María Rosa Eguez Alpire de fs. 378 a 384 vta., ambos contra el Auto de Vista Nº 07/2020 de 14 febrero, cursante de fs. 365 a 36, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario sobre reivindicación, desocupación y entrega del bien inmueble, retiro y/o demolición de mejores más pago de daños y perjuicios seguido Dionicio Liders Verduguez Flores contra María Rosa Eguez Alpire; la contestación cursante de fs. 388 a 391 vta.; el Auto de concesión de 15 de septiembre de 2020 cursante a fs. 393; el Auto Supremo de Admisión Nº 432/2020-RA de fs. 402 a 403 vta.; los antecedentes procesales; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Dionicio Liders Verduguez Flores por memorial cursante de fs. 47 a 51 subsanado a fs. 61 y vta., y de fs. 65 a 66, inició proceso ordinario de reivindicación desocupación y entrega del bien inmueble retiro y/o demolición de mejores más pago de daños y perjuicios contra María Rosa Eguez Alpire, quien una vez citada, contestó y reconvino por nulidad de documentos, la cual se declaró por desistida; tramitada la causa el Juez Público Civil y Comercial 30º de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra emitió la Sentencia Nº 44/2019 de 14 de marzo de Fs. 311 vta., a 317 declarando PROBADA la demanda en cuanto a la reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, solo respecto al lote Nº 1 de 366 m2 ubicado en la UV. 185 mza. 43; IMPROBADA respecto al lote Nº 2 de 364 m2, ubicado en la UV. 185 mza. 43, a nombre Natalia Anatholhevna Vichniakova quien no es parte del proceso; IMPROBADA en cuanto al retiro y demolición de las mejoras y al pago de daños y perjuicios, disponiendo que María Rosa Eguez Alpire desocupe y entregue el bien inmueble denominado lote Nº1 con superficie de 366 m2 inscrito en Derechos Reales a favor Dionicio Liders Verduguez Flores en el plazo de 10 días.

2. Resolución de primera instancia que, al ser apelada por María Rosa Eguez Alpire, mediante memorial de fs. 336 a 341, la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de vista Nº 7/2020 de 14 de febrero cursante de fs. 365 a 367, por el que REVOCÓ parcialmente la Sentencia y declaró PROBADA la demanda en cuanto a la reivindicación desocupación y entrega del bien inmueble solo respecto al lote Nº1 de 366 m2 ubicado en la UV 185 mza. 43, debiendo la demandada María Rosa Eguez Alpire desocupar y entregar el precitado bien inmueble a favor del propietario Dionicio Liders Verduguez Flores en el plazo de 10 días a partir de la ejecutoria de la resolución de alzada, IMPROBADA respecto del lote Nº 2 de 364 m2 ubicado en la UV.185 mza. 43, e IMPROBADA en cuanto al retiro y/o demolición de las mejoras y al pago de daños y perjuicios, asimismo, en ejecución de sentencia que el A quo disponga el pago de las mejoras consistentes en una barda en “U” construidas sobre el bien inmueble objeto de litis a favor de la demandada María Rosa Eguez Alpire, determinación asumida.

3. Resolución de segunda instancia recurrida en casación por Dionicio Liders Verduguez Flores mediante memorial cursante de fs. 370 a 373 y por María Rosa Eguez Alpire de fs. 378 a 384 vta.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Demandante
Dionicio Liders Verduguez Flores
Demandado
María Rosa Eguez Alpire.
Proceso
Reivindicación, desocupación y entrega del bien inmueble, retiro y/o demolición de mejores más pago de daños y perjuicios
Tribunal Supremo de Justicia11 de noviembre de 2020AS/0551/2020Fuente oficial