Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 560/2024-RA
Fecha: 07 de junio de 2024
Expediente: O-33-24-S
Partes: GREEN METALS COMERCIALIZACIÓN Y MINERÍA S.R.L. c/ TRANSPORTES NACIONAL E INTERNACIONAL MOVIZA - CEL CARGO S.R.L.
Proceso: Resolución de contrato.
Distrito: Oruro.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1290 a 1295 interpuesto por Rosalía Argandoña Mollo, contra el Auto de Vista Nº 139/2024, de 01 de abril, corriente de fs. 1270 a 1279 y su Resolución de aclaración N° 48/2024, de 05 de abril, visible a fs. 1286 a 1287 vta., pronunciados por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato, seguido por GREEN METALS Comercialización y Minería S.R.L. contra TRASNPORTE NACIONAL E INTERNACIONAL MOVIZA - CEL CARGO S.R.L.; la contestación de fs. 1300 a 1302; el Auto de concesión N° 64/2024, de 07 de mayo, que sale a fs. 1303; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. GREEN METALS COMERCIALIZACIÓN Y MINERÍA S.R.L., representado por Remberto Wilson Castillo Calle, mediante memorial de fs. 102 a 104 vta., subsanado a fs. 129 y a fs. 132 y vta., promovió proceso ordinario de resolución de contrato, contra TRANSPORTE NACIONAL E INTERNACIONAL MOVIZA CEL CARGO S.R.L., empresa que una vez citada, a través de su representante Martirian Mollo Viza, según escritos de fs. 141 a 142 vta., y a fs. 148 y vta., contestó de forma negativa a la demanda, postuló excepciones de impersonería en el apoderado de la empresa demandante, falta de legitimación en el demando, además de falta de acción y derecho; posteriormente, según el Auto interlocutorio de 05 de diciembre de visible de fs. 619 a 621, se dispuso la citación a Rosalía Argandoña Mollo, quien una vez emplazada, mediante escrito de fs. 626 a 627, contestó negativamente y planteó excepción de prescripción; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión del Auto definitivo Nº 17/2024 de 23 de enero, cursante a fs. 1230 a 1233 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 6° de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA la excepción de prescripción interpuesta por la codemandada.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por GREEN METALS COMERCIALIZACIÓN Y MINERÍA S.R.L., representado por Remberto Wilson Castillo Calle, según escrito que sale de fs. 1234 a 1238 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro emita el Auto de Vista Nº 139/2024, de 01 de abril, y su Auto complementario N° 48/2024, de 05 de abril, obrante de fs. 1286 a 1287 vta., que REVOCÓ totalmente la resolución impugnada, sin costas y sin responsabilidad por ser excusable.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Rosalía Argandoña Mollo, mediante memorial de fs. 1290 a 1295, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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