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TSJ

AS/0561/2024

Tribunal Supremo de Justicia
16 de julio de 2024Social 1eraMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 561

Sucre, 16 de julio de 2024

Expediente: 386-2024

Demandante: Manuel Aquiles Farel Soza

Demandado: Empresa de Servicios Petroleros LINCE S.A.

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación en el fondo, cursante de fs. 777 a 781 y el recurso de casación en la forma, de fs. 783 a 785, ambos interpuestos por la Empresa de Servicios Petroleros LINCE S.A., mediante su representante legal, en contra del Auto de Vista N° 232/2023, de 14 de septiembre, de fs. 753 a 767 y vta. emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso laboral, de pago de beneficios sociales, interpuesto por Manuel Aquiles Farel Soza en contra de la Empresa de Servicios Petroleros LINCE S.A., el auto de 1 de abril de 2024, de fs. 798 y vta. que concede ambos medios de impugnación, el Auto N° 146/2024 de 20 de mayo, cursante de fs. 805 a 806 y vta., mediante el cual se admite el recurso de fs. 777 a 781, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I

En correspondencia con el principio de dirección y legalidad, mismos que tienen raíz constitucional, luego de revisado los antecedentes cursantes en el expediente, corresponde realizar las siguientes precisiones:

1. De fs. 753 a 767 y vta. cursa el Auto de Vista N° 232/2023 de 14 de septiembre, REVOCANDO EN PARTE la sentencia de primera instancia, lo que motiva a que se emita una nueva decisión de fondo, misma que declara PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 17 a 21, subsanada por escrito de fs. 26 a 27, que fue interpuesta por Manuel Aquiles Farel Soza, en contra del representante legal de la Empresa de Servicios Petroleros LINCE S.A. (LINCE S.A.)

2. Es a consecuencia de ello, que el representante legal de LINCE S.A., interpone recurso de casación, en el fondo y en la forma. Lo suigeneris de esto, es que, en la misma fecha, presenta ambos recursos, pero en escritos independiente: i) El recurso de casación en el fondo, cursa de fs. 777 a 781, en la parte final del mismo, pide se case el auto de vista; ii) El recurso de casación en la forma cursa de fs. 783 a 785, en su petitorio, solicita se anule el auto de vista objeto del recurso.

3. La parte actora, responde en forma individual a cada uno de los recursos, conforme se acredita por los escritos de fs. 788 a 791 y de fs. 793 a 797. El Tribunal de Alzada, por auto de 1 de abril de 2024, de fs. 798 y vta. concede ambos recursos de casación.

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Datos del proceso

Demandante
Manuel Aquiles Farel Soza
Demandado
Empresa de Servicios Petroleros LINCE S.A.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia16 de julio de 2024AS/0561/2024Fuente oficial