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TSJ

AS/0572/2015-L

Tribunal Supremo de Justicia
27 de julio de 2015CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Divorcio.
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L

Auto Supremo: 572/2015 - L Sucre: 27 de julio 2015 Expediente: LP-100-10-S Partes: Vilma Nina Rodríguez. c/ Iván Daniel Meza Rocha. Proceso: Divorcio. Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 117 a 119, interpuesto por Iván Daniel Meza Rocha, contra el Auto de Vista Nº S-88/2010 de 7 de abril de 2010 de fs. 112 a 113, pronunciado por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Divorcio, seguido por Vilma Nina Rodríguez contra Iván Daniel Meza Rocha, respuesta de fs. 121; concesión de fs. 122, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez Tercero de Partido de Familia, dictó Sentencia de 21 de julio de 2009 cursante de fs. 81 a 83, por el que declara PROBADA la demanda de fs. 9 a 10 de obrados, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a Iván Daniel Mesa Rocha y Vilma Nina Rodríguez, debiendo en ejecución del fallo cumplir con lo dispuesto por el Código de Familia en su parte pertinente a la desvinculación. Procédase a la cancelación de la Partida Matrimonial por ante la Dirección Nacional de Registro Civil, conforme dispone el Código de Familia. Asimismo se homologa en toda forma de derecho la Resolución No. 634/2008 sobre Medidas Provisionales cursante a fs. 35 de obrados, con la modificación de que se exonera a la esposa de la asistencia familiar.

Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Iván Daniel Meza Rocha, mediante memorial de fs. 88 a 89.

En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental), emitió el Auto de Vista cursante de fs. 112 a 113, por el que CONFIRMA la sentencia cursante de fs. 81 a 83 de obrados.

Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, interpuesto por parte de Iván Daniel Meza Rocha, que se analiza.

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Que ni la Sentencia ni el Auto de Vista desvirtuarían por falta de prueba su condición de desocupado y la imposibilidad de cumplir temporalmente con su obligación.

Refiere luego que existiría doble filiación de su hijo que desvirtuaría su paternidad, que ese hecho negaría su derecho de padre, que al negar jurídicamente su paternidad que hubiera sido denunciado en apelación y considerada por Sentencia y Auto de Vista, habría dado respuesta de que no se sabe si ello era cierto, cuando habría prueba demostrativo de ello. Que habrían dos filiaciones y por lo mismo dos obligaciones, la de él y del que figuraría como padre, aspecto que obligaría a poner en conocimiento del Ministerio Público, que dice fuera vicio de nulidad de sentencia y por consiguiente Auto de Vista. Reitera luego que se habría pasado por alto la transgresión, que bajo ese antecedente cualquiera traficaría con menores.

Por otro lado redunda sobre el tema aunque de manera separada, aludiendo a la presunta doble filiación del menor, la no intervención del Ministerio Público como vicio de nulidad, y sugiere que deba ser la Corte Suprema quien anule la Sentencia y Auto de Vista, mencionando los arts. 367, 368 y 381 del Código de Familia.

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Datos del proceso

Demandante
Vilma Nina Rodríguez.
Demandado
Iván Daniel Meza Rocha.
Proceso
Divorcio.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Por carencia recursiva
Tribunal Supremo de Justicia27 de julio de 2015AS/0572/2015-LFuente oficial