Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 576/2020-RRC
Sucre, 16 de octubre de 2020
Expediente : Santa Cruz 1/2019
Parte acusadora : Ministerio Público y Felipe Aramayo Céspedes, Mery García Lama, Luciano Paredes Céspedes y Juan Carlos Garnica Vásquez
Parte imputada : Julio Franz Avilés Lazcano y Carmen Edelmy Justiniano Rocha
Delito : Estafa en perjuicio de víctima múltiples
Magistrado Relator : Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 26 de septiembre de 2018, Julio Franz Avilés Lazcano y Carmen Edelmy Justiniano Rocha, interpusieron recursos de casación impugnando el Auto de Vista 30 de 19 de julio de 2018, de fs. 813 a 818 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Felipe Aramayo Céspedes, Mery García Lama, Luciano Paredes Céspedes y Juan Carlos Garnica Vásquez contra los recurrentes por el delito de Estafa en perjuicio de víctima múltiples, previsto y sancionado por el art. 335 con relación al art. 346 bis. del Código Penal (CP).
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1 Antecedentes
Por Sentencia 1 de 1 de diciembre de 2017 (fs. 713 a 724), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a: Julio Franz Avilés Lazcano, autor y culpable de la comisión del delito de Estafa en perjuicio de víctimas múltiples, previsto y sancionado por el art. 335 con relación al art. 346 del CP, imponiendo la pena de diez años de presidio, con costas y reparación del daño. A su turno se declaró a Carmen Edelmy Justiniano Rocha, absuelta de culpa y pena del referido delito, sin costas y sin declaración de denuncia falsa o temeraria.
Contra la referida Sentencia, el acusador particular Juan Carlos Garnica Vásquez y el imputado Julio Franz Avilés Lazcano, formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 30 de 19 de julio de 2018, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró improcedente el recurso del imputado y procedente el planteado por el acusador particular; por ende, revocó parcialmente la Sentencia apelada, declarando a la imputada Carmen Edelmy Justiniano Rocha, autora y culpable de la comisión del delito atribuido, estableciendo una pena de cuatro años de reclusión, con costas y reparación del daño causado.
I.2 Motivos de los recursos
A través de , la Sala en juicio de admisibilidad de delimitó el ámbito del presente análisis en los siguientes términos:
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