Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 601
Sucre, 8 de noviembre de 2021
Expediente: 383/2021-S
Demandante: Vilma Barón Lira
Demandado: Empresa “Ópticas Gala”
Proceso: Pago de beneficios sociales y otros derechos
Departamento: Chuquisaca
Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs. 223 a 232, interpuesto por la Empresa “Ópticas Gala”, representada por Delfín Encinas Miranda, contra el Auto de Vista N° 283/2021 de 3 de mayo, de fs. 256 a 257, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y otros derechos, promovido por Vilma Barón Lira, contra la empresa recurrente; el Auto Nº 436/2021 de 1 de julio, de fs. 235 vta., que concedió el recurso; el Auto de 8 de julio de 2021 de fs. 241, que admitió el recurso y todo cuanto ver convino y se tuvo presente:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
La Juez de Cuarto del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Sucre, emitió la Sentencia N° 38/2020 16 de noviembre, de fs. 195 a 201, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 24 a 30, disponiendo que la empresa demandada, cancele en favor de la actora la suma de Bs. 87.695,32.- por concepto de indemnización, bono de antigüedad, salarios devengados, vacaciones, aguinaldos y doble aguinaldo y multa del 30%.
Auto de Vista.
En apelación promovida por los representantes de la demandante y por la empresa demandada, conforme constan los escritos de fs. 204 a 206 y de fs. 224 a 238, respectivamente; por Auto Nº 02/2021 de 4 de enero de fs. 239, se concedió el primer recurso ante el superior en grado, habiéndose rechazado el segundo recurso de apelación interpuesto por la empresa demandada, por su presentación extemporánea; radicada la causa, por Auto de Vista N° 283/2021 de 3 de mayo, de fs. 256 a 257, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, se REVOCÓ parcialmente, disponiendo:
- 1.-La cancelación del reintegro salarial correspondiente a la gestión 2012, en el monto de Bs. 3.168,00.-
Mostrando 17 de 82 parrafos.