Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO: No 605 Sucre 15 de octubre de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público y Defensoría de la Niñez y Adolescenciac/
Limbert Pablo Balboa Mamani
Violación agravada.
***********************************************************************************
VISTOS: el recurso de casación de fojas 147 a 148 interpuesto por Limbert Pablo Balboa Mamani impugnando el Auto de Vista de fecha 11 de junio del año 2004 en curso pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro del proceso penal oral, público y contradictorio seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente por el delito de violación agravada previsto por el artículo 308 bis y 310 del Código Penal, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, el recurso de casación, para ser admitido, no sólo debe cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho sino que debe ser interpuesto observando los requisitos legales establecidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal.
Que del examen de los actuados procesales se evidencia que Limbert Pablo Balboa Mamani planteó el recurso de apelación restringida a fojas 126 a 126 sin invocar el precedente contradictorio y, en el de casación, si bien citó el Auto Supremo número 579/2003 como precedente, no especificó ni señaló la contradicción existente entre el auto impugnado y el caso citado, en términos claros y precisos. Por otra parte, los hechos, circunstancias y consecuencias son diferentes y no guardan similitud entre razonamientos y decisión.
Mostrando 10 de 19 parrafos.