Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 607/2019-RA.
Fecha: 25 de junio de 2019
Expediente: SC-70-19-S.
Partes: Blanca Lijerón de Sosa y Lorgio Sosa Vivancos c/Del Pilar Linares Trujillo
de Arteaga.
Proceso: Anulabilidad.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 593 y vta., interpuesto por Blanca Lijerón de Sosa y Lorgio Sosa Vivancos contra el Auto de Vista N° 112/2019 de 5 de abril cursante de fs. 587 a 590 vta., pronunciado por la Sala Tercera Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de anulabilidad, seguido por los recurrentes contra Del Pilar Linares Trujillo de Arteaga, el Auto de concesión de 31 de mayo de 2019 cursante a fs. 599, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Conn base en la demanda cursante de fs. 22 a 23 vta., Blanca Lijeron de Sosa inicio una demanda de anulabilidad de contrato; acción dirigida contra Del Pilar Linares Trujillo de Arteaga quien una vez citada, mediante memorial cursante de fs. 274 a 276 contestó planteando excepciones de litispendencia y demanda defectuosamente propuesta; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictar Sentencia de 5 de enero de 2018 cursante de fs. 477 a 479 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 22 de Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda bajo las siguientes conclusiones: a) anula y deja sin valor legal alguno el Poder Nº 2300/2014 de 1 de noviembre; b) anula el contrato de venta realizado con la cédula de identidad de Blanca Lijerón de Sosa y el poder acusado de falso; y c) dispone se oficie al Plan regulador y Catastro Municipal, a objeto de anular los trámites en donde estén consignados los documentos mencionados.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Del Pilar Linares Trujillo de Arteaga mediante memorial cursante de fs. 533 a 538 vta., la Sala Civil Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 112/2019 de 5 de abril cursante de fs. 587 a 590 vta., que ANULÓ obrados hasta la admisión de la demanda.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Blanca Lijeron de Sosa y Lorgio Sosa Vivancos según memorial cursante a fs. 593 y vta., recurso que es objeto en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN.
Mostrando 17 de 34 parrafos.