Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 608
Sucre, 11 de diciembre de 2023
Expediente: 669/2023-S
Demandante: Margarita Colquehuanca Mamani
Demandado: Farmacia Santa Lucía representada por María del Rosario
Laguna Rada
Materia: Pago de Beneficios sociales
Departamento: La Paz
Magistrado Tramitador: Lic. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 204 a 205, interpuesto por la Farmacia Santa Lucía, representada por María del Rosario Laguna Rada; contra el Auto de Vista N° 161/2023 de 11 de agosto de 2023 de fs. 198 a 202; emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales seguido por Margarita Colquehuanca Mamani, contra la recurrente; la contestación de fs. 209 a 210; el Auto Nº 454/2023 de 14 de noviembre de 2023 que concedió el recurso de fs. 211; los antecedentes procesales, todo lo que en materia fue pertinente analizar, y;
I. CONSIDERACIONES LEGALES:
El art. 210 del Código Procesal del Trabajo (CPT), dispone: “El recurso de nulidad será interpuesto ante la Corte Nacional del Trabajo y Seguridad Social en el término fatal de ocho días computables desde su notificación al recurrente con el auto de vista …” (Textual); asimismo el art. 252 de la citada norma, prevé: “Los aspectos no previstos en la presente ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”(Textual).
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