Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 611
Sucre, 16 de julio de 2007
DISTRITO: La Paz PROCESO: Administrativo.
PARTES: Rosa Apaza Quispe c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR".
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 92-94, interpuesto por Walter Castillo Guerra, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", contra el auto de vista Nº 160/05 SSA-I de 30 de agosto de 2005 cursante a fs. 90, dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso de Reclamación seguido por Rosa Apaza Quispe, contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", el dictamen fiscal de fs. 101-102, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I.- Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs. 69-70, la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones, ahora Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", emitió la resolución Nº 382.04 de 24 de agosto de 2004, que cursa a fs. 78-80, confirmando la resolución Nº 005038 de 29 de abril de 2002 de fs. 56, emitido por la Comisión de Calificación de Rentas, que disponía la suspensión definitiva de renta única de vejez con reducción de edad, otorgada a la actora mediante resolución Nº 01998 de 9 de febrero de 2000.
En grado de apelación deducida por la asegurada a fs. 83-84, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el auto de vista Nº 160/05 SSA-I de 30 de agosto de 2005 cursante a fs. 90, que revoca la resolución apelada Nº 382.04 de 24 de agosto de 2004, que cursa a fs. 78-80, dictada por la Comisión de Reclamación, declarando vigente la resolución Nº 01998 de 9 de febrero de 2000 cursante a fs. 54, dictada por la Comisión de Calificación de Rentas, disponiendo la devolución de las rentas suprimidas.
En conocimiento del mencionado auto de vista, la entidad demandada, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 92-94), alegando que el auto de vista, al haber revocado la resolución Nº 382.04 de 24 de agosto de 2004, que confirma la resolución Nº 005038 de suspensión definitiva de renta única de vejez con reducción de edad de la actora, transgrede los arts. 57 de la Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996, 1º de la R.M. Nº 1361 de 4 de diciembre de 1997, 471, 423, 477, 539, 594 y 595 del R.C.S.S., 45 del C.S.S., concordante con el art. 23 y siguientes del manual de prestaciones aprobado por Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997, por cuanto la asegurada se afilió a la Caja Nacional de Salud, con fecha de nacimiento de 24 de septiembre de 1953 y al momento de solicitar renta de vejez con reducción de edad en el Sistema de Reparto, presentó el certificado de fs. 14, que registra como fecha de nacimiento el 24 de septiembre de 1950, certificado que conforme el art. 423 del R.C.S.S., no debe tomarse en cuenta para la otorgación de la prestación respectiva, por contar la asegurada con 44 años de edad a la fecha de corte 1º de mayo de 1997, edad con la que no podía acceder a la renta única de vejez con reducción de edad, conforme el reporte de la base de datos del SENASIR de fs. 55.
Concluye solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, case el auto de vista recurrido y sea con las formalidades de ley.
CONSIDERANDO II.- Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su revisión en relación a los datos del proceso, se tiene:
1.- Que, la Comisión Calificadora de Rentas, emitió la resolución Nº 005038 de 29 de abril de 2002, cursante a fs. 56, suspendiendo definitivamente la renta única de vejez con reducción de edad otorgada a la actora, con resolución Nº 01998 de 9 de febrero de 2000 de fs. 54, por considerar que no podía acceder a tal beneficio por no tener la edad de 45 años a la fecha de corte, 1º de mayo de 1997, sino la edad de 44 años, conforme la información obtenida en el reporte de la base de datos del SENASIR de fs. 55.
2.- Que, la Comisión de Reclamación, emite la resolución Nº 382.04 de 24 de agosto de 2004, amparada en el art. 8º de la Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 y art. 5º de la R.M. Nº 1361 de 4 de diciembre de 1997, resolviendo confirmar el auto Nº 005038 de 29 de abril de 2002, emitido por la Comisión de Calificación de Rentas, en aplicación de los arts. 57 de la Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996 y 477 del R.C.S.S., decisorio que el Tribunal ad quem, revoca mediante el auto de vista Nº 160/05 de 30 de agosto de 2005, objeto del presente recurso.
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