Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 612/2021-RA
Sucre, 16 de agosto de 2021
Expediente : Chuquisaca 39/2021
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Lourdes Fátima Mobarec Sabag y otro
Delitos : Estafa y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de mayo de 2021, cursantes de fs. 287 a 328, Lourdes Fátima Mobarec Sabag interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista N° 167/2021 de 23 de abril y su Complementario, de fs. 254 a 260 y 266 y 267, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Martha Monodias Rodríguez como acusadora particular, contra la recurrente y Aldo Zelmar Romero Mercado, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado y Usura Agravada, previstos y sancionados por los arts. 335, 199, 203 y 361 del Código Penal (CP).
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
Por Sentencia N° 46/2019 de 13 de agosto (fs. 178 a 189), el Tribunal de Sentencia N° 1 en lo Penal de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, con el voto unánime de sus miembros falló; declarando a la acusada Lourdes Fátima Mobarec Sabag, autora de la comisión de los delitos de Usura Agravada y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados en los arts. 360 con relación al art. 361 núm. 4) y 199 del CP, condenándole a sufrir una pena de cuatro (4) años de reclusión, con costas a favor del Estado y la víctima. Con relación al delito acusado de Estafa incursos en la sanción del art. 335 del CP, de declaro a la acusada Lourdes Fátima Mobarec Sabag absuelta de culpa y pena.
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