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TSJ

AS/0612-C/2006

Tribunal Supremo de Justicia
24 de agosto de 2006Social 2daMag. Juan José González Osio
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO COMPEMENTARIO AL 612

Sucre, 24 de agosto de 2.006

DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social.

PARTES: Milton Javier Nina Flores c/ Discoteca Karaoke Tropical.

MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.

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VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de complementación y enmienda de fs. 171, presentado por Rodolfo Poquechoque Morales, con relación al Auto Supremo Nº 612 de 10 de agosto de 2006, cursante a fs. 169-170, pronunciado dentro del presente proceso laboral seguido por Milton Javier Nina Flores contra el solicitante.

Que, el inciso 2) del artículo 196 del Cód. Pdto. Civ., establece que corresponderá al Juez, a pedido de parte formulado dentro de las veinticuatro horas de la notificación, "...corregir cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial, y suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas o discutidas en el Litigio".

Es así que el demandado, dentro del término de ley, expresando que "...al parecer no han considerado las múltiples omisiones al debido proceso y otros vicios procesales -denunciados en el memorial de casación-" pide que "...ante esta probable omisión....reconsiderar, complementar y modificar el mencionado Auto Supremo; Casando el Auto de Vista en revisión"(sic), sin precisar, en absoluto, cuál el error material que debe enmendarse, el concepto oscuro a aclarar o la omisión que se debe suplir -como era su obligación- olvidando, además, que por ese medio no puede alterarse lo sustancial de la resolución. Estas circunstancias hacen inatendible el pedido formulado; agregando, además, que los términos expresados en el Auto Supremo Nº 612 de 10 de agosto de 2006, son claros y concretos, no existiendo ninguna omisión o error que enmendar ni aclarar concepto alguno.

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Datos del proceso

Demandante
Milton Javier Nina Flores
Demandado
Discoteca Karaoke Tropical.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Juan José González Osio
Tribunal Supremo de Justicia24 de agosto de 2006AS/0612-C/2006Fuente oficial