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TSJReiteradora

AS/0619/2020

Tribunal Supremo de Justicia
1 de diciembre de 2020Civil

Máxima

LA NULIDAD PROCESAL/ Es una medida sancionatoria de ultima ratio, de aplicación excepcional, siendo la regla la…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades Procesales / Nulidad de oficio / Procede

Los recurrente cuestionan que el Tribunal de alzada haya emitido una resolución anulatoria de obrados sin antes haber tomado en cuenta que en este proceso, el tema concerniente a la legitimación de la parte demandante, no ha sido objeto de controversia, puesto que en ningún momento ha sido cuestiona…

Proceso
Reconocimiento de unión libre o de hecho

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 619/2020 Sucre: 01 de diciembre 2020

Expediente: SC-60-20-S

Partes: William Monasterio Céspedes y otros c/ Mateo Luksic ilic

Proceso: Reconocimiento de unión libre o de hecho

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 716 a 724, interpuesto por Rose Marie, Carlos Alfredo y William, todos Monasterio Céspedes en contra del Auto de Vista Nº 45/2020 de 06 de marzo, cursante de fs. 657 a 659, pronunciado por la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso sobre reconocimiento de unión libre o de hecho, seguido por los recurrentes en contra de Mateo Luksic ilic; el Auto de Concesión de fecha 14 de octubre de 2020, cursante en fs. 728; el Auto Supremo de Admisión de fs. 735 a 736 vta.; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

La Juez Publico de Familia Nº 12 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, pronunció la Sentencia Nº 38/2016 de fecha 14 de marzo cursante de fs. 481 a 489 vta., por la que declaró: IMPROBADA la excepción de prescripción planteada por Mateo Luksic Ilic y PROBADA la demanda de fs. 82 a 85 y complementación de fs. 106 a 107 incoada por Rose Marie, Carlos Alfredo y William, todos Monasterio Céspedes, declarando comprobada la unión conyugal libre o de hecho entre Hilda Céspedes Frías y el demandado.

Esta resolución fue apelada por Mateo Luksic Ilic a través del escrito que cursa de fs. 492 a 496, a cuyo efecto la Sala Primera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el Auto de Vista Nº 45/2020 de 06 de marzo, cursante de fs. 657 a 659, ANULÓ obrados hasta fs. 108, inclusive, argumentando que en el presente caso los demandantes no adjuntaron la declaratoria de herederos que acredite su legitimación para iniciar acciones judiciales a nombre de Hilda Céspedes de Luksic.

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Datos del proceso

Demandante
William Monasterio Céspedes y otros
Demandado
Mateo Luksic ilic
Proceso
Reconocimiento de unión libre o de hecho
Tribunal Supremo de Justicia1 de diciembre de 2020AS/0619/2020Fuente oficial