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TSJ

AS/0622/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
17 de junio de 2024Civil
Proceso
División y partición de inmueble
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 622/2024-RA

Fecha: 17 de junio de 2024

Expediente: CH-57-24-A

Partes: María Emma Imana Gallardo Vda. de Tardio c/ Grecia Cecilia y Paula Luciana, ambas Tardio Rodríguez.

Proceso: División y partición de inmueble.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: Los recursos de casación de fs. 193 a 198, interpuesto Grecia Cecilia Tardio Rodríguez, representada por Víctor Hugo Montecinos López y de fs. 200 a 202, postulado por Paula Luciana Tardio Rodríguez, contra el Auto de Vista Nº 147/2024, de 24 de abril, corriente de fs. 179 a 183, emitido por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de división y partición de inmueble, seguido por María Emma Imana Gallardo Vda. de Tardio contra las recurrentes; las contestaciones de fs. 207 a 208 vta.; el Auto de concesión de 03 de junio de 2024, visto a fs. 209, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. María Emma Imana Gallardo Vda. de Tardio, por memorial de fs. 13 a 14, promovió demanda ordinaria de división y partición de inmueble contra Grecia Cecilia y Paula Luciana ambas Tardio Rodríguez; una vez citadas; la primera nombrada, presentó incidente de nulidad de obrados, contestó negativamente y opuso acción reconvencional de división de herencia mediante escrito de fs. 38 a 40, por Auto de 07 de julio de 2023, Paula Luciana Tardio Rodríguez, fue declarada rebelde; desarrollándose de esta manera la causa hasta la audiencia preliminar de 26 de enero de 2024, donde se emitió el Auto definitivo N° 11/2024, de fs. 13+9 a 140, que anuló el Auto de admisión de la demanda reconvencional de división de herencia, formulada por Grecia Cecilia Tardio Rodríguez, por ser IMPROPONIBLE, disponiendo la prosecución del proceso únicamente respecto a la pretensión inicial de división y partición de inmueble planteada por la demandante principal.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Grecia Cecilia Tardio Rodríguez, representada por Víctor Hugo Montecinos López, mediante escrito de fs. 142 a 146 vta. y la adhesión a la apelación presentada por Paula Luciana Tardio Rodríguez mediante escrito de fs. 160 a 162 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 147/2024, de 24 de abril, corriente de fs. 179 a 183, que CONFIRMÓ el Auto definitivo N° 11/2024, de 26 de enero.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación mediante escrito de fs. 193 a 198, interpuesto por Grecia Cecilia Tardio Rodríguez representada por Víctor Hugo Montecinos López y de fs. 200 a 202, postulado por Paula Luciana Tardio Rodríguez, mismos que son objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido, y conforme la Ley N° 439, corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

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Datos del proceso

Demandante
María Emma Imana Gallardo Vda. de Tardio
Demandado
Grecia Cecilia y Paula Luciana, ambas Tardio Rodríguez
Proceso
División y partición de inmueble
Tribunal Supremo de Justicia17 de junio de 2024AS/0622/2024-RAFuente oficial